Autofact Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2026
- Repertorio
- 1961/2026
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- 26° Notaria de Santiago con domicilio en Avenida Apoquindo N° 3196
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $515.813.723 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, abogado, Notario Público Titular de la 26° Notaria de Santiago con domicilio en Avenida Apoquindo N° 3196, Las Condes, Región Metropolitana, certifico que con fecha 2 de abril de 2026, ante el notario suplente don Juan Ramón Venegas Morvan, se redujo a escritura pública, Repertorio Nº1961/2026, las partes pertinentes del acta de la junta extraordinaria de accionistas de AUTOFACT CHILE SpA (“Sociedad”), con extracto inscrito a fojas 6.257, número 4.416 del Registro de Comercio de Santiago de 2012, que fue celebrada en esa misma fecha (“Junta”). En la Junta se acordó, entre otras materias, lo siguiente: A) La conversión de 15.624 acciones Serie ESOP, íntegramente suscritas y pagadas, en un total de 15.624 acciones ordinarias, y la sustitución del artículo quinto del estatuto social a fin de reflejar el cambio en el número de acciones ordinarias y de acciones Serie ESOP resultante de dicha conversión. B) La sustitución del artículo primero transitorio de los estatutos de la Sociedad, con motivo de lo anterior, por el que sigue: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $515.813.723, dividido en 1.494.400 acciones, de las cuales 1.450.207 corresponden a acciones ordinarias, y 44.193 corresponden a acciones Serie ESOP, todas nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: (a) Con la suma de $287.822.036, dividido en 1.450.207 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y, (b) Con la suma de $227.991.687, dividido en 44.193 acciones Serie ESOP, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente pendientes de suscripción y pago, y que deberán ser pagadas dentro del plazo máximo de diez años contados desde el 22 de diciembre de 2021.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 14 de abril de 2026. HQM. Not. Pub.