CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Valenzuela e Hijos SpA

CVE 2799811
Fecha instrumento
24 de febrero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de febrero de 2026
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Indefinida

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JOSE ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ en adelante también el administrador, para que represente y obligue a la sociedad frente a terceros, con las más amplias facultades. En toda clase, de actos, contratos, asuntos y negocios, pudiendo incluso auto contratar; y, sin que la enumeración que sigue a continuación se considere taxativa o limitativa,

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de febrero de 2026, ante mí, JOSE ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ, con domicilio en San Pablo número mil trescientos cincuenta y tres oficina cuatrocientos cuatro comuna de Santiago, constituye sociedad por acciones. Razón Social: “INMOBILIARIA VALENZUELA E HIJOS SpA”, bajo el nombre de fantasía “INMOBILIARIA VALENZUELA E HIJOS SpA”. Objeto los objetos de la sociedad serán: la captación de fondos para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores mobiliarios u otros instrumentos financieros, como ser acciones, fondos mutuos, depósitos a plazo; La Compraventa, arrendamiento, importación, exportación, representación, distribución, fabricación, elaboración, construcción y comercialización, en el país o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, servicios y bienes muebles e inmuebles, Efectuar nen Chile o en el extranjero, directa o indirectamente a través de sociedades filiales o coligadas, sucursales o agencias, inversiones; adquirir y enajenar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, así como realizar toda clase de negocios, proyectos e inversiones inmobiliarias mediante la compra, venta, arrendamiento, construcción, enajenación o explotación en cualquier forma de bienes raíces agrícolas o urbanos. La Sociedad podrá formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, y realizar todos los demás negocios que las socios acuerden; b) la adquisición, tenencia y administración, y enajenación de monedas extranjeras; c) operar en simultánea y venta corta, operar en forward; d) adquirir y administrar acciones, cuotas y derechos en otras sociedades; e) celebrar contratos en custodia; f) intervenir en los mercados de capital obteniendo préstamos, otorgando garantías para respaldarlo; y g) La cesión de licencias Nacionales e Internacionales de explotación de sistemas patentados, bajo cobro de royalties o venta, con exclusividad o libres en territorio. Capital El capital social es de trescientos noventa y dos millones de pesos dividido en tres mil acciones sin valor nominal, de una sola serie, de igual valor y sin privilegio o preferencias de ninguna clase. El capital se suscribe y paga de la siguiente manera; mediante el aporte de la totalidad de los derechos de dominio que posee JOSE ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ sobre los siguientes inmuebles; a) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito fojas sesenta y tres mil seiscientos, número ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y seis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinticinco avaluado en la suma de setenta y cinco millones de pesos.; b) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito a fojas sesenta y tres mil seiscientos uno, número ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinticinco avaluado en la suma de diez millones de pesos; c) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito fojas ochenta y tres mil setecientos treinta y cinco, número ciento veintidós mil ochocientos sesenta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil quince avaluado en la suma de setenta y cinco millones de pesos; d) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito fojas ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres, número ciento veintitrés mil dieciséis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil quince, avaluado en la suma de cuarenta y tres millones de pesos; e totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito) fojas ocho mil cuatrocientos veinticuatro, número doce mil novecientos ochenta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece avaluado en la suma de cuarenta y tres millones de pesos; f) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito a fojas noventa y ocho mil seiscientos setenta y seis, número ciento cuarenta y cuatro mil trescientos trece del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintidós avaluado en la suma de cuarenta y seis millones de pesos; g) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito inscrito a fojas mil noventa y uno V número mil trescientos veintiocho año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, avaluado en la suma de diez millones de pesos; h) totalidad de los derechos de dominio sobre inmueble inscrito a fojas mil ochocientos cincuenta y nueve número mil novecientos cuarenta y cinco del Registro de propiedad del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca avaluado en la suma de ochenta y nueve millones de pesos - - Administración y Uso de la Razón Social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JOSE ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ en adelante también el administrador, para que represente y obligue a la sociedad frente a terceros, con las más amplias facultades. En toda clase, de actos, contratos, asuntos y negocios, pudiendo incluso auto contratar; y, sin que la enumeración que sigue a continuación se considere taxativa o limitativa, Duración: La duración de la sociedad será indefinida y comenzara a regir desde el otorgamiento de la presente escritura. Santiago, 15 de abril de 2026.