MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TERRA CHILE MINERAL SpA

RUT 77406441-9 CVE 2799360
Fecha instrumento
23 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de marzo de 2026
Repertorio
6769/2026
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Don OCTAVIO OROZIMBO BERRIOS MUÑOZ socio 6004616-6
OCTAVIO ALEJANDRO BERRÍOS LARA socio 10932945-2
BERRIOS DURÁN PROPIEDADES SpA socio 76751556-1
ERICK MAURICIO BERRIOS LARA socio 12868373-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular 8º Notaría Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, CERTIFICO: que por escritura pública del 23 de Marzo de 2026, otorgada ante mi Suplente Natalia Alejandra Burgos Flores, bajo el Repertorio Nº6769/2026, Don OCTAVIO OROZIMBO BERRIOS MUÑOZ, abogado, CI Nº6.004.616-6; OCTAVIO ALEJANDRO BERRÍOS LARA, abogado, CI Nº10.932.945-2, ALONSO FERNANDO BERRIOS DURAN, administrador de empresas, CI Nº16.938.603-K por sí, y en representación de BERRIOS DURÁN PROPIEDADES SpA, RUT 76.751.556-1, todos los anteriores Huérfanos Nº1117 of.717, Santiago, Región Metropolitana; ERICK MAURICIO BERRIOS LARA, empresario, CI Nº12.868.373-9, Camino Las Cumbres Nº6829 casa 85, La Florida, Región Metropolitana, CRISTIAN ANDRÉS ACUÑA SCHLEGEL, ingeniero civil industrial, CI Nº13.232.152-3, La Ñipa Nº4060, Colina, y de paso en esta, Región Metropolitana; Modificaron Sociedad “TERRA CHILE MINERAL SpA”, constituida por escritura pública de fecha 9 de julio de 2021 otorgada ante el Notario don Félix Jara Cadot de Santiago.- La sociedad se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fs. 53848 Nº24934 del año 2021; el extracto se publicó en el diario oficial el 15 de julio del 2021.- La sociedad ha sido modificada con anterioridad por escrituras públicas en diversas ocasiones. VENTA DE ACCIONES: Por el presente instrumento los comparecientes vienen en vender y transferir acciones en conformidad a los siguientes términos: A.- Erick Mauricio Berríos Lara, vende a Octavio Orozimbo Berríos Muñoz la cantidad de 334 acciones de las cuales es dueño, quien las adquiere y acepta para sí, en $1.002.000; que se pagan de contado en este acto y en efectivo, declarando el vendedor recibirlos a su entera conformidad.- B.- Erick Mauricio Berríos Lara, vende a don Cristian Andrés Acuña Schlegel la cantidad de 2000 acciones de las cuales es dueño, quien las adquiera y acepta para sí, en $6.000.000; que se pagan de contado en este acto y en efectivo, declarando el vendedor recibirlos a su entera conformidad.- C.- Alonso Fernando Berríos Durán, vende a don Cristian Andrés Acuña Schlegel, 1000 acciones de su propiedad, quien las adquiere y acepta para sí, en $3.000.000; que se pagan de contado en este acto y en efectivo declarando el vendedor recibirlos a su entera conformidad.- D.- Alonso Fernando Berríos Durán, en representación de BERRIOS DURÁN PROPIEDADES SpA, vende a Cristian Andrés Acuña Schlegel, 2000 acciones de propiedad de su representada, quien las adquiere y acepta para sí, en $6.000.000; que se pagan de contado en este acto y en efectivo declarando el vendedor recibirlos a su entera conformidad.- Consecuente con lo anterior, la sociedad queda conformada por los siguientes socios; Octavio Orozimbo Berríos Muñoz, propietario de 2000 acciones, suscritas y pagadas; Erick Mauricio Berríos Lara, propietario de 2000 acciones suscritas y pagadas; Octavio Alejandro Berríos Lara, propietario de 1000 acciones suscritas y pagadas; y Cristián Andrés Acuña Schlegel, propietarios de 5000 acciones suscritas y pagadas.- MODIFICACIÓN: Se modifica El Artículo Segundo Transitorio de la Constitución de la Sociedad relativo a la administración, el cual queda redactado de la siguiente forma: La sociedad será administrada en forma conjunta por CRISTIAN ANDRÉS ACUÑA SCHLEGEL y por ERICK MAURICIO BERRÍOS LARA quienes, actuando conjuntamente, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros; se encuentran investidos de todas las facultades de administración, señaladas en pacto social.- Santiago, 06 de Abril de 2026.