SOCIEDAD DE TRANSPORTE, ARRIENDO DE VEHÍCULOS Y SERVICIOS GENERALES E&G LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2026
- Notario
- LIDIA MARÍA CHAHUÁN ISSA
- Domicilio
- las comunas de La Calera
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Administración
Corresponderá a doña Mariana del Carmen Godoy Espinoza y a don Patricio Alberto Encalada Ahumada, quienes actuando de manera indistinta y separadamente por la sociedad, la representarán con las facultades señaladas en el pacto social.-Cuatro) Texto Refundido: Socios fijan texto refundido de los estatutos sociales. En lo no modificado rige pacto social constitutivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLIDIA MARÍA CHAHUÁN ISSA, Abogada, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con oficio en calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, La Calera, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de abril de 2026, ante mí: don JOSÉ PATRICIO ENCALADA CERDA; doña MARIANA DEL CARMEN GODOY ESPINOZA; y don PATRICIO ALBERTO ENCALADA AHUMADA, todos domiciliados para estos efectos en calle Pintor Nemesio Antúnez número mil quinientos noventa y cinco, Villa El Sendero, comuna de Quillota, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD DE TRANSPORTE, ARRIENDO DE VEHÍCULOS Y SERVICIOS GENERALES E&G LIMITADA", nombre fantasía "E&G LTDA.", constituida el 10 de abril de 2014 ante Notario de Viña del Mar don Luis Enrique Tavolari Oliveros, inscrita a fojas 718 número 705 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2014 y publicada en Derechos: Don José Patricio Encalada Cerda, cede, vende y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 66,666% del total social, de la siguiente forma: a) Un 65,666% a doña Mariana del Carmen Godoy Espinoza; y b) Un 1% a don Patricio Alberto Encalada Ahumada. Quienes compran y aceptan para sí en los términos señalados en escritura extractada. En consecuencia, se retira de la sociedad don José Patricio Encalada Cerda, quedando como únicos socios doña Mariana del Carmen Godoy Espinoza y don Patricio Alberto Encalada Ahumada.- Dos) Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $60.000.000, íntegramente suscrito y pagado, que los socios poseen en la siguiente proporción: a) doña Mariana del Carmen Godoy Espinoza, aporta $59.400.000, equivalentes al 99% del capital social; y b) don Patricio Alberto Encalada Ahumada, aporta $600.000, equivalentes al 1% del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.-Tres) Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá a doña Mariana del Carmen Godoy Espinoza y a don Patricio Alberto Encalada Ahumada, quienes actuando de manera indistinta y separadamente por la sociedad, la representarán con las facultades señaladas en el pacto social.-Cuatro) Texto Refundido: Socios fijan texto refundido de los estatutos sociales. En lo no modificado rige pacto social constitutivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La Calera, 16 de abril de 2026.