MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES CHILEITAL LIMITADA

RUT 77253122-2 CVE 2799542
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2026
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2026
Repertorio
1341/2026
Notario
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
Oficio
Primera Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 13 de Marzo de 2026, ante mí, Repertorio Nº1341/2026, doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, con domicilio en Obispo Manuel Alday número veintiséis, Lonco Alto, comuna de Chiguayante, quien comparece por sí y en representación de don NICOLAS ANDRES POCH BARROS, domiciliado en Avenida Sanhueza mil setecientos ochenta y tres, comuna de Concepción; y doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN, domiciliada en Gabriel Toro ciento veinte B, Talcahuano; modifican “SOCIEDAD DE INVERSIONES CHILEITAL LIMITADA”. Inscrita a fojas 1726 vuelta, número 1320 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, año 2020, y se publicó en el de 2021, fue modificada esta sociedad, su extracto se inscribió a fojas 266 vuelta número 166 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de fecha de 3 de febrero de 2022.- Por escritura pública otorgada ante el Notario Público, de Concepción, don Carlos Miranda Jiménez el 20 de febrero de 2023, fue modificada esta sociedad, su extracto se inscribió a fojas 654 vuelta número 467 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2023, y se publicó en el Diario Oficial de fecha de 17 de marzo de 2023.- Por escritura pública otorgada ante el Notario de Concepción, don Ricardo Mauricio Salgado Sepulveda, fue modificada esta sociedad, su extracto se inscribió a fojas 1158 número 762 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2024, y se publicó en el Diario Oficial de fecha de v28 de junio de 2024.- El capital social de la sociedad es de $2.000.000 y el Rut 77.253.122-2.- Siguientes sentidos: A) En cuanto a las cesiones de derechos: Uno) En este acto y por el presente instrumento, doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN vende, cede y transfiere, con el consentimiento de sus socios, el 50% de sus derechos sociales en la Sociedad a don NICOLAS ANDRES POCH BARROS, debidamente facultado, quien compra y acepta para si dichos derechos, que ascienden al 16,7% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de la cesión asciende a la suma de $20.000.000. Dos) En este acto y por el presente instrumento, doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN vende, cede y transfiere, con el consentimiento de sus socios, el 50% de sus derechos sociales en la Sociedad a doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, quien compra y acepta para si dichos derechos, que ascienden al 16,7% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión es de $20.000.000.- B) En cuanto a la salida de socios, en virtud de la cesión señalada anteriormente, sale de la sociedad doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN. De esta forma, a contar de esta fecha don NICOLAS ANDRES POCH BARROS y doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, quedan como únicos, actuales y exclusivos socios de la sociedad.- C) En cuanto a la participación social, en virtud de las cesiones señaladas anteriormente, los socios modifican el estatuto social quedando don NICOLAS ANDRES POCH BARROS con una participación social equivalente al 50% del patrimonio social y doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, con una participación social equivalente al 50% del patrimonio social.- D) En cuanto a la distribución de las utilidades y pérdidas: Los socios vienen en modificar la cláusula séptima del contrato social, en el sentido de establecer que las utilidades y eventuales pérdidas que genere la sociedad, se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, en un 50% para don NICOLAS ANDRES POCH BARROS; y en un 50% para doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA.- E) En cuanto a la administración y el uso de la razón social, en virtud de este instrumento, los socios acuerdan la modificación de la cláusula décimo primera del estatuto social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios don NICOLAS ANDRES POCH BARROS y a doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA.- En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del estatuto social constitutivo Demás estipulaciones escritura extractada.- CONCEPCION, a 09 de Abril de 2026.-