Instrumento
- Fecha
- 6 de abril de 2026
- Repertorio
- 12305-2026
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades (a) El desarrollo, diseño, investigación, implementación, operación, mantenimiento, administración, comercialización, licenciamiento y explotación de plataformas tecnológicas, sitios web, aplicaciones, software y demás soluciones digitales, propias o de terceros, destinadas a la captura, recopilación, procesamiento, integración, análisis, comparación, cotización, recomendación, gestión y visualización de datos, información, planes, productos y servicios, para personas naturales o jurídicas, en cualquier industria o sector económico; (b) La prestación de servicios tecnológicos y digitales, incluyendo, entre otros, servicios de software como servicio (SaaS), licencias y suscripciones, desarrollo de software a medida, integración de sistemas, automatización de procesos, analítica de datos, inteligencia de negocios, soporte, mantención, actualización, implementación, consultoría, capacitación y externalización de procesos o funciones de carácter tecnológico; (c) La comercialización, promoción, distribución, difusión, posicionamiento, referenciamiento comercial y gestión de prospectos, clientes y oportunidades comerciales respecto de productos y servicios propios o de terceros, por canales físicos o digitales, así como la prestación de servicios de marketing, publicidad, comunicación, contenidos y asesoría vinculados a soluciones tecnológicas, digitales y de datos, pudiendo percibir comisiones, honorarios u otras contraprestaciones por dichos servicios, todo ello con sujeción a la normativa aplicable y a las autorizaciones que en su caso correspondan; y (d) Cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con el giro principal de la Sociedad, que derive de él, lo complemente o sea una consecuencia del mismo, y que sea necesario o conveniente para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su
Administración
El uso de la razón social, la representación y la administración de la Sociedad corresponderá a una o más personas designadas en calidad de Administrador por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Av. Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, Santiago, certifico: que, por escritura pública de fecha 06 de abril de 2026, repertorio 12305-2026, otorgada ante mi: GONZALO ANDRÉS NAZAL VERGARA, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: Por este acto se constituye una sociedad por acciones denominada “QuVi SpA”. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias, establecimientos, sucursales u oficinas en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades (a) El desarrollo, diseño, investigación, implementación, operación, mantenimiento, administración, comercialización, licenciamiento y explotación de plataformas tecnológicas, sitios web, aplicaciones, software y demás soluciones digitales, propias o de terceros, destinadas a la captura, recopilación, procesamiento, integración, análisis, comparación, cotización, recomendación, gestión y visualización de datos, información, planes, productos y servicios, para personas naturales o jurídicas, en cualquier industria o sector económico; (b) La prestación de servicios tecnológicos y digitales, incluyendo, entre otros, servicios de software como servicio (SaaS), licencias y suscripciones, desarrollo de software a medida, integración de sistemas, automatización de procesos, analítica de datos, inteligencia de negocios, soporte, mantención, actualización, implementación, consultoría, capacitación y externalización de procesos o funciones de carácter tecnológico; (c) La comercialización, promoción, distribución, difusión, posicionamiento, referenciamiento comercial y gestión de prospectos, clientes y oportunidades comerciales respecto de productos y servicios propios o de terceros, por canales físicos o digitales, así como la prestación de servicios de marketing, publicidad, comunicación, contenidos y asesoría vinculados a soluciones tecnológicas, digitales y de datos, pudiendo percibir comisiones, honorarios u otras contraprestaciones por dichos servicios, todo ello con sujeción a la normativa aplicable y a las autorizaciones que en su caso correspondan; y (d) Cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con el giro principal de la Sociedad, que derive de él, lo complemente o sea una consecuencia del mismo, y que sea necesario o conveniente para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro. Capital: El capital de la sociedad corresponde a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el que se suscribe y paga de la siguiente manera: GONZALO ANDRÉS NAZAL VERGARA, ha suscrito la cantidad de 1.000.000 de acciones, equivalentes a $1.000.000, las que son pagadas y enteradas a la caja social en dinero en efectivo en este acto. Administración: El uso de la razón social, la representación y la administración de la Sociedad corresponderá a una o más personas designadas en calidad de Administrador por los Accionistas. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado, los accionistas vienen en designar como administrador a GONZALO ANDRÉS NAZAL VERGARA quien de forma individual podrá representar a la Sociedad con todas las facultades indicadas en el estatuto. Demás estipulaciones en instrumento extractado. Santiago, 07 de Abril de 2026.-