INMOBILIARIA PACHECO HERNÁNDEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2026
- Repertorio
- 3224
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público, Titular Puerto Montt, Urmeneta 478, Puerto Montt, certifica: por escritura pública hoy, ante mí, repertorio N°3.224: JOSÉ IVAR PACHECO ALVARADO, cédula de identidad número 7.332.684-2, por sí y actuando en representación de INVERSIONES PACHECO HERNÁNDEZ SpA antes Inversiones Pacheco Hernández Limitada, Rol Único Tributario número 77.712.340-8, y MARÍA ORIANA HERNÁNDEZ MANSILLA, cédula de identidad número 8.323.817-8, todos domiciliados en Kilómetro 13,5, camino Chinquihue, comuna y ciudad de Puerto Montt, modificaron la sociedad INMOBILIARIA PACHECO HERNÁNDEZ LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.185.233-7, inscrita a fojas 1590 vuelta, número 1369, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año 2011, en los siguientes términos: Se modificó la cláusula segunda de los estatutos sociales, en el sentido de ampliar el objeto social de la sociedad, agregándose a dicha cláusula, la letra b), quedando, en consecuencia, la referida cláusula segunda del siguiente tenor: SEGUNDO: El objeto de la sociedad será a) “La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena y en general cualquier otro negocio u operación relacionada con el giro o que resultare conveniente y de interés comercial para la empresa, y que acordaren los socios”; y b) “La sociedad tendrá por objeto, además, la compra y venta de alimentos de todo tipo, sea en forma natural o mediante platos preparados, en restaurantes establecidos en sus dependencias o mediante despacho a domicilio; la administración de restaurantes; la producción de eventos; la asesoría profesional en materia de restaurantes. Asimismo, tendrá por objeto la actividad hotelera, pudiendo operar, con establecimientos hoteleros, cabañas, camping, termas, resort y toda otra forma o manifestación de dicha actividad. Los socios limitaron expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes las disposiciones contenidas en el estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 08 abril 2026.-