INMOBILIARIA E INVERSIONES NORTES E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2025
- Repertorio
- 370-2026
- Notario
- Felipe Eduardo Leiva Ilabaca
- Oficio
- Primera Notaría Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEXTRACTO Felipe Eduardo Leiva Ilabaca, Notario público Titular, Primera Notaría Ovalle, con oficio en calle Vicuña Mackenna N° 370, oficina 3 – E, Ovalle, certifico: Por escritura pública de fecha 26-02- 2026, Repertorio N° 370-2026, ante don Salomón Rivas Tapia, Notario Suplente de este oficio, doña JOSEFINA ISABEL NORTES PEÑALOZA, Argentina, Divorciada, comerciante, con domicilio para estos efectos en San Nicolás Lote dos, Camarico, comuna de Ovalle, Céd.Nac.Id. N° 9.443.081-K, don JORGE ANDRÉS TUMA NORTES, chileno, soltero, comerciante, con domicilio para estos efectos en San Nicolás Lote dos, Camarico, comuna de Ovalle, Céd.Nac.id.N° 17.603.961-2 y doña ANA JOSEFINA TUMA NORTES, Chilena, soltera, comerciante, con domicilio en San Nicolás Lote dos, Camarico, comuna de Ovalle, Céd.Nac.Id.N° 19.889.487-7, sanearon Escritura Pública de Modificación de Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES NORTES E HIJOS LIMITADA”, RUT 77.591.029-1 de fecha 14-10-2025 Repertorio 2.119-2025. Saneamiento consiste en falta de u obligación oportuna de publicación en el Diario Oficial e inscripción en el Registro de Comercio respectivo. En virtud de la ley 19.499, los comparecientes vienen en sanear tal omisión. Modificación consiste en que: JOSEFINA ISABEL NORTES PEÑALOZA vende, cede y transfiere el 98% de su participación en el capital social en partes iguales a: don JORGE ANDRÉS TUMA NORTES en un 46% y doña ANA JOSEFINA TUMA NORTES en un 46% de participación en utilidades. Como consecuencia, se amplía la participación de los socios compradores don JORGE ANDRÉS TUMA NORTES a un 49% y doña ANA JOSEFINA TUMA NORTES a un 49% y disminuyendo así la participación de la socia doña JOSEFINA ISABEL NORTES PEÑALOZA a un 2% de participación en las utilidades sociales. Respecto a las utilidades y eventuales pérdidas si las hubiere, se repartirán entre los socios de la siguiente forma: a) para doña JOSEFINA ISABEL NORTES PEÑALOZA en un 98%, b) para don JORGE ANDRÉS TUMA NORTES en un 1% y c) para doña ANA JOSEFINA TUMA NORTES en un 1%. En el evento de producirse el fallecimiento de doña JOSEFINA ISABEL NORTES PEÑALOZA, las utilidades se distribuirán en proporción a los derechos sociales de cada socio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, rigen las estipulaciones del pacto social. En Ovalle, a 16 de abril de 2026.-