GEOTRAD SERVICIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2026
- Notario
- SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA
- Domicilio
- con oficio en Avenida Recoleta N° 377
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Abogado, Notario Público Interino, con oficio en Avenida Recoleta N° 377, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de abril del año 2026, ante mí, don RENATO MARCELO VILLARROEL VILLARREAL, y doña SUSANA ENRIQUETA ZUNIGA VALENZUELA, ambos con domicilio en calle Julia Bernstein número 0607, casa 5 L, comuna de La Reina, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada GEOTRAD SERVICIOS LIMITADA, con nombre de fantasía GEOTRAD LTDA., con fecha 10/06/1997, en la notaría de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros, la que se inscribió a fojas 14357 número 11463 del Registro de Comercio del año 1997 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial número 35.798 de fecha 24 de junio del año 1997.- La sociedad no ha sido modificada por los socios.- Rol Único Tributario número 77.037.270-4. Se modifica la sociedad en el siguiente termino: doña SUSANA ENRIQUETA ZUNIGA VALENZUELA dueña del 99% por ciento del haber social, quien vende, cede y transfiere un 98% por ciento a don RENATO MARCELO VILLARROEL VILLARREAL, quien lo compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $980.000, que el cesionario paga a la cedente, en este acto, de contado y en dinero efectivo, declarando ésta última recibirlo a su entera satisfacción y conformidad. Como consecuencia de la cesión de derechos y acciones, quedando en definitiva como únicos socios de GEOTRAD SERVICIOS LIMITADA, o GEOTRAD LTDA, don RENATO MARCELO VILLARROEL VILLARREAL, dueño del 99% de los derechos sociales con un aporte de $990.000, y doña SUSANA ENRIQUETA ZUNIGA VALENZUELA, dueña del 1% de los derechos sociales con un aporte de $10.000. El capital social es la suma de $1.000.000. Don RENATO MARCELO VILLARROEL VILLARREAL, y doña SUSANA ENRIQUETA ZUNIGA VALENZUELA, vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social primitivo, en el sentido de que la administración y el uso de la razón social, a partir de esta fecha, corresponderá exclusivamente a don RENATO MARCELO VILLARROEL VILLARREAL, quien podrá representar a la sociedad con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula del pacto original, las que se entienden entera y expresamente reproducidas en este instrumento. Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 15 de abril del año 2026.