CONSORCIO ICEAL TIEMPO NUEVO CAIPULLI S.A.
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2026
- Repertorio
- 3695-2026
- Notario
- Notario Suplente de don RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.508.610 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VICENTE POBLETE BOGGIONI | socio | 18398811-5 | — | — | Concepción |
| INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN EDUARDO ARANCIBIA SpA | socio | 79929720-5 | — | — | |
| INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN TIEMPO NUEVO LIMITADA | socio | 96809500-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Suplente de don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en Rengo 444, Concepción, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 15 de abril de 2026, Repertorio N° 3695-2026, ante mí, compareció: VICENTE POBLETE BOGGIONI, CNI 18.398.811-5, con domicilio en Chacabuco 485, piso 9, Concepción, en nombre y representación INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN EDUARDO ARANCIBIA SpA, RUT 79.929.720-5; y INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN TIEMPO NUEVO LIMITADA, RUT 96.809.500-5, todos domiciliados en calle Jaime Repullo número 1.154, comuna de Talcahuano, quienes vienen a rectificar y sanear escritura de disolución de “CONSORCIO ICEAL TIEMPO NUEVO CAIPULLI S.A.”, RUT 76.979.165-5, inscrita a fojas 19 número 17 en el Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, correspondiente al año 2019, capital $10.508.610, en el siguiente sentido:I. RECTIFICACIÓN: El compareciente rectificó la escritura de fecha pública de fecha 8 de mayo de 2025. Repertorio número 1-058 – 2025, otorgada en la notaría de Concepción de don Mario Patricio Aburto Contardo, en los siguientes términos: Uno) En el número IX.-, denominado “ACUERDOS”, letra b) se indicó erróneamente que el capital de la sociedad asciende a la suma de cien millones de pesos, en circunstancias que el capital efectivamente asciende a la suma de diez millones quinientos ocho mil seiscientos diez pesos. Por tanto, EN DONDE DICE: (…) b) El presidente deja constancia además que la sociedad se encuentra actualmente vigente y que su capital asciende a la suma de cien millones de pesos, dividido en mil acciones, de una sola y misma serie, sin valor nominal” CORRECTAMENTE DEBE DECIR: (…) b) El presidente deja constancia además que la sociedad se encuentra actualmente vigente y que su capital asciende a la suma de diez millones quinientos ocho mil seiscientos diez pesos , dividido en mil acciones, de una sola y misma serie, sin valor nominal.”Dos) En el extracto de la escritura ya mencionada, emitido con el código de verificación EXT 250513-1822-46343, y, por tanto, la publicación del mismo en el Diario Oficial de fecha 2 de junio de 2025, se indicó erróneamente el número de cédula de identidad de don EDUARDO ARANCIBIA GATICA, representante legal del accionista INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN EDUARDO ARANCIBIA SpA, señalando que este corresponde al .032.422-2. Por tanto, en el extracto, EN DONDE DICE: “(…) EDUARDO ARANCIBIA GATICA, cédula de identidad N°.032.422-2 en representación de INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN EDUARDO ARANCIBIA SpA, RUT 79.929.720-5 (….)”, CORRECTAMENTE DEBE DECIR: (…) EDUARDO ARANCIBIA GATICA, cédula de identidad N°5.032.422-2 en representación de INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN EDUARDO ARANCIBIA SpA, RUT 79.929.720-5 (…).II. SANEAMIENTO: El compareciente saneó, conforme a las disposiciones de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los eventuales vicios de nulidad originados en la escritura de modificación social de fecha 8 de mayo de 2025, otorgada ante el Notario Público de la sexta notaría de Concepción, don MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, número de repertorio 1.058, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de junio de 2025, y que a la fecha, aún no ha podido ser inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano. El compareciente declaró que en virtud del presente instrumento se cumplen todos los requisitos señalados en la citada ley, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea.En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigente las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demas estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 15 de Abril del 2026.