MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Casa Puyai SpA

RUT 78404963-9 CVE 2799033
Fecha instrumento
2 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de abril de 2026
Comuna
Santiago

Objeto social

- Artículo Primero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 2 de abril de 2026, otorgada ante mi: JOSEFA ZÚÑIGA MARTÍNEZ, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad número veinte millones cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos veintinueve guion cero, domiciliada para estos efectos en calle Tajamar ciento ochenta y tres oficina mil ciento doce, comuna de Las Condes, Santiago, redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, de esta misma fecha, en la cual concurrieron la totalidad de las acciones con derecho a voto y por unanimidad de las acciones presentes se acordó modificar los estatutos en las siguientes materias: UNO) Cambio de nombre o razón social. Se acordó modificar la razón social de la sociedad de “NUEVA PINARES DE PUYAI SpA” a “CASA PUYAI SpA”. DOS) Disminución del número de directores. Se acordó disminuir el número de directores de la sociedad, de cuatro a tres miembros titulares, quienes durarán tres años en sus funciones. TRES) Adecuación de los estatutos a las modificaciones acordadas. Como consecuencia de los acuerdos anteriores, se sustituyeron los artículos correspondientes de los estatutos sociales, quedando los textos de la siguiente forma: “TITULO PRIMERO.- NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO.- Artículo Primero.- Nombre.- Se constituye una sociedad por acciones bajo el nombre o razón social de “CASA PUYAI SpA”, que se regirá por las disposiciones de los estatutos y, en su silencio, por las disposiciones legales pertinentes y supletoriamente por la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento;” TITULO TERCERO.- ADMINISTRACIÓN SOCIAL.- Artículo Octavo.- El Directorio.- La administración de la sociedad corresponderá a un Directorio compuesto por tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, que durarán tres años en sus funciones, al término de los cuales se renovará totalmente. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente.".- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de abril de 2026.