MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Profesionales Valdés y Compañía Limitada

RUT 76067639-K CVE 2798774
Fecha instrumento
17 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de marzo de 2026
Repertorio
1125-2026
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público, Interino de la 40° Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos 332, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que, por escritura pública otorgada ante mí con fecha 17 de marzo de 2026, repertorio N°1.125-2026, don TOMÁS VALDÉS RIESCO, don JOSÉ GREGORIO VALDÉS CORREA, ambos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy 4.700, piso 6, Vitacura, y doña MARÍA TERESA HUNEEUS ALLIENDE, domiciliada en Hendaya 430, Las Condes, modificaron ASESORÍAS PROFESIONALES VALDÉS Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a fojas 75.943, número 41.004 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016 (en adelante, la “Sociedad”), en el siguiente sentido: i. Cesión de derechos. don José Gregorio Valdés Correa vendió, cedió y transfirió a doña María Teresa Huneeus Alliende, el uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad en la suma de $100.000. Producto de lo anterior, doña María Teresa Huneeus Alliende ingresa como socia a la Sociedad, lo que es acordado por los demás socios, y don José Gregorio Valdés Correa se retira de la Sociedad. ii. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de la cesión de derechos, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar las cláusulas Séptima, de los estatutos, y remplazarla por la siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la Sociedad es la suma de quinientos mil pesos, íntegramente aportado y pagado en su oportunidad, correspondiendo a cada cual lo siguiente: a) A don TOMÁS VALDÉS RIESCO, un noventa y nueve por ciento del capital social; y b) A doña TERESA HUNEEUS ALLIENDE, un uno por ciento del capital social.”; y la cláusula Novena por la siguiente: “ARTÍCULO NOVENO: La administración, representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don TOMÁS VALDÉS RIESCO y a doña TERESA HUNEEUS ALLIENDE; quienes actuando independientemente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y en particular, todos aquellos actos y contratos indicados en el artículo Décimo de los estatutos de la Sociedad”. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de abril de 2026.