CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ULLOA Y COMPAÑÍA SERVICIOS LEGALES LIMITADA

RUT 23656894-6 CVE 2798093
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
31 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de marzo de 2026
Repertorio
7681-2026
Notario
Abogado
Oficio
45ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de duración de la Sociedad es de 5 años, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 2 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará por medio de carta certificada despachada a través de notario, todo con una anticipación de a lo menos seis meses antes del final del respectivo período

Objeto social

La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales por parte de sus socios, relativos al ejercicio de la profesión de abogado, lo cual incluye: a) Asesorías jurídicas, representación judicial y extrajudicial, ante tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada; b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras; c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional; y, d) Toda actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el ejercicio de la profesión de abogado. Los servicios serán prestados directamente por cada uno de los socios o a través de sociedades de profesionales compuestas únicamente por personas naturales que ejerzan profesiones idénticas, similares, afines o complementarias

Administración

La administración de la Sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a Adriana Capobianco May Zaidan y Nicolás Ulloa Picasso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en la calle Huérfanos N°979, piso N°7, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2026, repertorio N°7681-2026, ante el Notario Suplente don Juan Francisco Alamos Ovejero, Adriana Capobianco May Zaidan, cédula de identidad N°23.656.894-6, Nicolás Ulloa Picasso, cédula de identidad 15.376.887-0 y Bárbara Wally Paredes Mittermayr, cédula de identidad N°15.643.436-1; todos con domicilio en calle Magdalena 140, piso 23, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social. El nombre o razón social de la sociedad es “ULLOA Y COMPAÑÍA SERVICIOS LEGALES LIMITADA”, pudiendo ser el nombre de fantasía “ULLOA Y COMPAÑÍA SERVICIOS LEGALES LTDA”. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales, agencias representaciones o delegaciones, tanto en otro lugar del país como en el extranjero. Objeto. La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales por parte de sus socios, relativos al ejercicio de la profesión de abogado, lo cual incluye: a) Asesorías jurídicas, representación judicial y extrajudicial, ante tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada; b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras; c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional; y, d) Toda actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el ejercicio de la profesión de abogado. Los servicios serán prestados directamente por cada uno de los socios o a través de sociedades de profesionales compuestas únicamente por personas naturales que ejerzan profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. Capital. El capital social asciende a la suma de $1.000.000 que los socios se obligan a pagar en el plazo de 1 año a contar desde la fecha de la escritura, de la siguiente forma: a) Adriana Capobianco May Zaidan, aportará la suma de $810.000 equivalente al 81% del capital social; b) Nicolás Ulloa Picasso, aportará la suma de $95.000 equivalente al 9,5% del capital social; y c) Bárbara Wally Paredes Mittermayr, aportará la suma de $95.000 equivalente al 9,5% del capital social. Responsabilidad. Los Socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración. El plazo de duración de la Sociedad es de 5 años, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 2 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará por medio de carta certificada despachada a través de notario, todo con una anticipación de a lo menos seis meses antes del final del respectivo período. Administración. La administración de la Sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a Adriana Capobianco May Zaidan y Nicolás Ulloa Picasso. Otras estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago,08 de abril de 2026.