CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TURISMO LOS PILOS LIMITADA

RUT 13814784-3 CVE 2798416
Capital
$8.000 CLP
Fecha instrumento
27 de marzo de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de marzo de 2026
Repertorio
1282-2026
Notario
Francisco Javier Muñoz Flores
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica

Sociedad

Capital
$8.000 CLP
Domicilio
Pucón
Duración
La duración de la sociedad es de 15 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por periodos sucesivos de 15 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con 6 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en curso
Ley aplicable
Ley N°3918

Objeto social

El objeto social será: (a) La prestación de servicios de camping y de parques para casas rodantes; (b) La prestación de servicios de campamentos, parques de vehículos de recreo y parques de caravanas; (c) El arrendamiento de cabañas; (d) Actividades de moteles; (e) El arrendamiento de toda clase de automóviles, camionetas, furgones, motocicletas, u otros vehículos motorizados, lanchas, botes, motos acuáticas y toda clase de embarcaciones; (f) La venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y productos alimenticios; (g) El diseño, organización y provisión de paquetes, productos o servicios turísticos, que comprendan transporte; (h) El desarrollo de otras actividades de alojamiento no indicadas previamente; (i) el desarrollo de cualquier actividad relacionada o no con las anteriores, que los socios acuerden

Administración

El uso de la razón social y la administración corresponderá a uno o más Administradores. El o los Administradores serán designados mediante escritura pública, suscrita por a los menos cinco socios, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo. El o los Administradores designados permanecerán en su cargo mientras su designación no sea revocada por un acuerdo adoptado con el mismo quórum y formalidades señaladas precedentemente, y estarán investidos de amplias facultades señaladas en escritura extractada

Personas y entidades (8)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ROSS MARY GRAMER RASCHEYA socio 13814784-3
ALBERT ANDRES GRAMER RASCHEYA socio 13158158-0
ALVARO RODRIGO GRAMER RASCHEYA socio 12743429-8
FREDDY MARCELO GRAMER RASCHEYA socio 11587975-8
JOHN PATRICIO GRAMER RASCHEYA socio 10315796-K
RICHART WALTER GRAMER RASCHEYA socio 10172396-8
KARIM GLORIA GRAMER RASCHEYA socio 10172683-5
DAISY CECILIA GRAMER RASCHEYA socio 9956095-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública Repertorio N°1282-2026, hoy ante mí, compareció (i) ROSS MARY GRAMER RASCHEYA, RUT N° 13.814.784-3, domiciliada en Camino Pucón Caburgua kilómetro 12, sector Quetroleufu, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; (ii) ALBERT ANDRES GRAMER RASCHEYA, RUT N°13.158.158-0, domiciliado en Lote 7, condominio Los Pilos, Caburgua, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; (iii) ALVARO RODRIGO GRAMER RASCHEYA, RUT N° 12.743.429-8, domiciliado en Kilómetro 5 Caburgua/Paillaco, condominio Los Pilos, Lote 5, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; (iv) FREDDY MARCELO GRAMER RASCHEYA, RUT N° 11.587.975-8, domiciliado en Los Pilos, Caburgua, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; (v) JOHN PATRICIO GRAMER RASCHEYA, RUT N° 10.315.796-K, domiciliado en Paillaco s/n, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; (vi) RICHART WALTER GRAMER RASCHEYA, RUT N° 10.172.396-8, domiciliado en Kilómetro 5, camino a Huerquehue, sector Los Pilos, Lote 9, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; (vii) KARIM GLORIA GRAMER RASCHEYA, RUT N° 10.172.683-5, domiciliada en Cerro La Barda, Altos de Caburgua s/n, comuna de Pucón, Región de La Araucanía; y (viii) doña DAISY CECILIA GRAMER RASCHEYA, RUT N° 9.956.095-9, domiciliada en Condominio Los Pilos, Lote 4, comuna de Pucón, Región de La Araucanía, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada regida por las disposiciones de la Ley N°3918 y sus modificaciones, normas pertinentes del Código Civil y Código de Comercio, y demás normas supletorias, y en especial por los siguientes estatutos: NOMBRE: La razón social será TURISMO LOS PILOS LIMITADA. DOMICILIO: Pucón, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en el resto del país, o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la sociedad es de 15 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por periodos sucesivos de 15 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con 6 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en curso. OBJETO: El objeto social será: (a) La prestación de servicios de camping y de parques para casas rodantes; (b) La prestación de servicios de campamentos, parques de vehículos de recreo y parques de caravanas; (c) El arrendamiento de cabañas; (d) Actividades de moteles; (e) El arrendamiento de toda clase de automóviles, camionetas, furgones, motocicletas, u otros vehículos motorizados, lanchas, botes, motos acuáticas y toda clase de embarcaciones; (f) La venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y productos alimenticios; (g) El diseño, organización y provisión de paquetes, productos o servicios turísticos, que comprendan transporte; (h) El desarrollo de otras actividades de alojamiento no indicadas previamente; (i) el desarrollo de cualquier actividad relacionada o no con las anteriores, que los socios acuerden. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de 8.000.000 de pesos, el que es aportado de la siguiente forma: (i) doña ROSS MARY GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; (ii) don ALBERT ANDRES GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; (iii) don ALVARO RODRIGO GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; (iv) don FREDDY MARCELO GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; (v) don JOHN PATRICIO GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; (vi) don RICHART WALTER GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; (vii) doña KARIM GLORIA GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura; y (viii) doña DAISY CECILIA GRAMER RASCHEYA aportará la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, dentro de tres años a contar de la fecha de la presente escritura. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y la administración corresponderá a uno o más Administradores. El o los Administradores serán designados mediante escritura pública, suscrita por a los menos cinco socios, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo. El o los Administradores designados permanecerán en su cargo mientras su designación no sea revocada por un acuerdo adoptado con el mismo quórum y formalidades señaladas precedentemente, y estarán investidos de amplias facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 27 de Marzo de 2026.