CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TELEFÉRICO ALTA CORDILLERA SpA

CVE 2798351
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2026
Repertorio
3235-2026
Notario
JOSÉ IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN
Domicilio
Titular doña María Patricia Donoso Gomien
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña María Patricia Donoso Gomien, de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco Nº 0153, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de abril de 2026, otorgada ante mí, repertorio Nº 3235-2026, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad TELEFÉRICO ALTA CORDILLERA SpA, en la cual se acordó sanear un vicio formal de la constitución de la sociedad. El acto constitutivo consta en instrumento protocolizado en la Notaría de doña María Patricia Donoso Gomien, con fecha 12 de marzo de 2026, bajo el repertorio Nº 2292/2026, cuyo extracto fue inscrito a fojas 24.769 Nº 10.010 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2026. El vicio formal consistió en un error en la determinación del número de acciones en que se divide el capital social, tanto en el artículo segundo transitorio como en el extracto, señalándose que el capital se dividía en 500 acciones, en circunstancias que, conforme al artículo tercero de los estatutos, corresponde a 5.000 acciones. Por acuerdo unánime de los accionistas, se procedió a sanear dicho vicio, estableciéndose que el capital social es de $1.000.000.-, dividido en 5.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, de las cuales: a) GLOBAL MASTER PLANNING SpA suscribió y pagó 1.750 acciones por la suma de $350.000.-; b) ALFONSO CAMPOS SOTTA Y COMPAÑÍA LIMITADA suscribió y pagó 1.500 acciones por la suma de $300.000.-; y c) las restantes 1.750 acciones quedan emitidas y pendientes de suscripción y pago, correspondiendo a la administración de la sociedad ofrecerlas a terceros o a los accionistas, en la oportunidad, forma y condiciones que determine, debiendo en todo caso suscribirse y pagarse dentro del plazo que vence el 31 de diciembre de 2027. El Notario que autoriza certifica haber tenido a la vista el Registro de Accionistas, y que las personas que comparecieron a la citada Junta son las que se individualizan en él. En Santiago de Chile, a 14 de abril de 2026.