MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL IMPRESUR LIMITADA

RUT 76276091-6 CVE 2798139
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de marzo de 2026
Notaría
Temuco de don Juan Antonio Loyola Opazo

Instrumento

Fecha
9 de marzo de 2026
Repertorio
621
Notario
Juan Antonio Loyola Opazo
Domicilio
Temuco con oficio en Arturo Prat n°815
Comuna
Temuco de don Juan Antonio Loyola Opazo

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Administración

los socios ya individualizados vienen en modificar la cláusula cuarto de la escritura de constitución de sociedad en cuanto a la administración, solo en que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a ambos socios, doña Viviana Marcela Klocker Barros y don Álvaro Mauricio Gómez Mardones, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social, lo que obligará a la sociedad para todos los efectos legales, manteniéndose en lo demás las facultades de los administradores como indicó en la señalada cláusula cuarto de los estatutos sociales.- CUARTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes todas y cada una de las estipulaciones del pacto social original y sus posteriores modificaciones.- Capital social $15.000.000

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Antonio Loyola Opazo, Notario Público titular de Temuco con oficio en Arturo Prat n°815, Certifica: que por escritura pública de fecha 09/03/2026, repertorio N°621; otorgada ante mi, doña VIVIANA MARCELA KLOCKER BARROS, quien declara ser chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos veintitrés mil trescientos siete guión cero, domiciliada en Avenida Rudecindo Ortega número cero novecientos treinta y tres de la ciudad de Temuco; don NEFTALÍ SERGIO GÓMEZ GATICA, quien declara ser chileno, cédula de identidad número cuatro millones cuatrocientos seis mil cuatrocientos treinta y tres guión dos, viudo, contador auditor, domiciliado en calle Antonio Varas número ochocientos cincuenta y cuatro, oficina trescientos dos, de la ciudad y comuna de Temuco y don ÁLVARO MAURICIO GÓMEZ MARDONES, quien declara ser chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad número once millones seiscientos ochenta y nueve mil sesenta y dos guión tres, domiciliado en Avenida Rudecindo Ortega número cero novecientos treinta y tres de la ciudad de Temuco; PRIMERO: Antecedentes: Declaran los comparecientes que mediante escritura pública de fecha diez de mayo del año dos mil trece, otorgada ante el Notario de Temuco, don Héctor Efraín Basualto Bustamante, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es "SOCIEDAD COMERCIAL IMPRESUR LIMITADA" o también conocida como “IMPRESUR LIMITADA” ó “IMPRESUR LTDA.”, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta mil quinientos sesenta y siete, de fecha veinticinco de mayo de dos mil trece, extracto que se encuentra inscrito a fojas mil trescientos setenta y nueve, número mil noventa y nueve, en el Registro de Comercio de Temuco correspondiente al año dos mil trece, modificada por: a) escritura de fecha cinco de diciembre del año dos mil catorce la que da cuenta que los únicos socios de la señalada sociedad son doña Viviana Marcela Klocker Barros y don Neftalí Sergio Gómez Gatica, cuyo extracto de modificación se inscribió a fojas dos mil ciento veintiocho, número mil quinientos sesenta en el Registro de Comercio de Temuco del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.; b) por escritura pública de fecha veinte de noviembre de dos mil diecinueve, repertorio número seis mil cincuenta y uno, otorgada en la Notaria de Temuco de don Juan Antonio Loyola Opazo, publicada en extracto con fecha veintitrés de noviembre de dos mil diecinueve en la edición cuarenta y dos mil quinientos diez del Diario Oficial, e inscrita a fojas mil seiscientos nueve vuelta, número novecientos quince, en Registro de Comercio de Temuco año dos mil diecinueve, a cargo del primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco; c) por escritura pública de fecha dieciséis de septiembre de dos mil veinte, repertorio número dos mil ochocientos sesenta año dos mil veinte, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Sanhueza Rios, Suplente del Titular don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto de modificación se inscribió a fojas novecientos sesenta y tres vuelta número quinientos cuarenta y dos en el Registro de Comercio de Temuco, año dos mil veinte, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- SEGUNDO: Cesión: Uno) Antecedentes: Declara “El VENDEDOR y CEDENTE” don NEFTALÍ SERGIO GÓMEZ GATICA, que es titular y dueño del DOS por ciento del capital social y derechos sociales de la "SOCIEDAD COMERCIAL IMPRESUR LIMITADA", dicha cuota social se encuentra aportada e íntegramente pagada, a la caja social.- Dos) Venta: por este acto “EL VENDEDOR y CEDENTE” don NEFTALÍ SERGIO GÓMEZ GATICA, vende, cede y transfiere, la totalidad de sus derechos sociales o cuota de participación en la señalada sociedad que equivalen al DOS por ciento del total del capital social, al “COMPRADOR Y CESIONARIO” don ÁLVARO MAURICIO GÓMEZ MARDONES, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí; Tres) Precio: El precio de la venta y cesión de los señalados derechos sociales o cuota de participación, corresponde a la suma única y total de seis millones cien mil pesos, dinero que el comprador y cesionario paga en este acto, en dinero efectivo y al contado, al vendedor y cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción, declarando que no tiene reclamo alguno que formular en contra del comprador y cesionario.- Declaran los comparecientes que en conformidad de la presente cesión de derechos don Neftalí Sergio Gómez Gatica, a contar de esta fecha deja de ser socio de la sociedad "SOCIEDAD COMERCIAL IMPRESUR LIMITADA", declarando que no tiene reclamo alguno que formular en contra de la sociedad o en contra de alguno de los socios, otorgando al efecto el más amplio y completo finiquito, renunciando expresamente a toda acción que pudiere corresponderle en contra de la sociedad ya señalada.- TERCERO: Modificación Estatutos Sociales: Como consecuencia de la cesión de derechos realizada en la cláusula precedente a contar de la fecha de este instrumento, los únicos socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL IMPRESUR LIMITADA” son doña Viviana Marcela Klocker Barros y don Álvaro Mauricio Gómez Mardones, ya individualizados, quienes actuando en tal calidad, unánime y conjuntamente vienen en este acto en modificar los Estatutos Sociales que los rigen en los siguientes términos: uno) Integrantes de la sociedad y distribución del capital y participación social: a) A la socia doña VIVIANA MARCELA KLOCKER BARROS, le corresponde el noventa y ocho por ciento tanto del capital, cuota de participación y derechos sociales; b) Al socio don ÁLVARO MAURICIO GÓMEZ MARDONES, le corresponde el dos por ciento tanto del capital, cuotas de participación y derechos sociales.- Así mismo, se pacta que la distribución de utilidades y perdidas se realizará en conformidad a los porcentajes de participación antes indicados.- dos) ADMINISTRACIÓN: los socios ya individualizados vienen en modificar la cláusula cuarto de la escritura de constitución de sociedad en cuanto a la administración, solo en que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a ambos socios, doña Viviana Marcela Klocker Barros y don Álvaro Mauricio Gómez Mardones, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social, lo que obligará a la sociedad para todos los efectos legales, manteniéndose en lo demás las facultades de los administradores como indicó en la señalada cláusula cuarto de los estatutos sociales.- CUARTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes todas y cada una de las estipulaciones del pacto social original y sus posteriores modificaciones.- Capital social $15.000.000.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco 11 de marzo de 2026.