MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Origen Limitada

RUT 76711145-2 CVE 2798239
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
12 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2026
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certificó que, por escritura pública de fecha 12 de marzo de 2026, ante mí, bajo repertorio número 6065/2026, Inversiones y Asesorías Nehuentue SpA, domiciliado para estos efectos en calle Alcántara número 200, oficina 1102, comuna de Las Condes, Faro Corona SpA, domiciliado para estos efectos en calle El Ulmo número 4.056, comuna de Vitacura, Inversiones San Joaquín SpA, domiciliado para estos efectos en calle Alcántara número 200, oficina 1102, comuna de Las Condes, Doña Javiera SpA, domiciliado para estos efectos en calle Del Inca número 4.446, oficina 801, comuna de Las Condes, Maimax SpA, domiciliado para estos efectos en Cerro el Plomo número 5.420, piso 10, comuna de Las Condes, e Inversiones Gandhi SpA, domiciliado para estos efectos en calle Alcántara número 200, oficina 1102, comuna de Las Condes, todos en su calidad de únicos y actuales socios de Inversiones Origen Limitada (la “Sociedad”), acordaron: (i) Retiro de socios: con el consentimiento de todos los socios, Faro Corona SpA, Inversiones San Joaquín SpA, Doña Javiera SpA y Maimax SpA, se retiran de la Sociedad, lo cual se extiende a la totalidad de sus participaciones en la Sociedad. (ii) Disminución de capital: como consecuencia de la renuncia y devolución de sus aportes, además de los haberes que le pudieran corresponder según se indica en la escritura extractada, se acordó disminuir el capital social desde la suma de $1.000.000 a la suma de $500.000. Como consecuencia del retiro de los socios y la consecuente disminución de capital, se reemplazo el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportaron y enteraron de la siguiente manera: a) Inversiones y Asesorías Nehuentue SpA aportó la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil pesos, equivalente al noventa y nueve coma ochenta por ciento aproximadamente del total de los derechos sociales; y, b) Inversiones Gandhi SpA aportó la suma de mil pesos, equivalente al cero coma veinte por ciento aproximadamente del total de los derechos sociales”. Demas estipulaciones constan en la escritura extractada. En todo lo no modificado se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social. Santiago 13 de abril de 2026.