Inmobiliaria e Inversiones Santa Josefina SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2026
- Repertorio
- 655/2026
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $160.000.000 CLP
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años, renovándose tácita y sucesivamente por iguales periodos si ninguno de los socios manifestare su intención o voluntad de ponerle término
Objeto social
de la sociedad será la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, subdivisión, y loteo, de bienes raíces, de cualquier naturaleza que ellos sean, urbanos y agrícolas, su urbanización y loteamiento y en general toda clase de operaciones propios de la actividad inmobiliaria. Además la sociedad podrá invertir en bienes muebles corporales, de toda clase, dedicarse a toda clase de inversiones, en el país y el extranjero y participar en toda clase de negocios, sea como gestor o socio capitalista, invertir los fondos sociales en acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures, cuotas o participaciones en capitales de riesgo y, en general, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier títulos los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Además la sociedad, en cumplimiento de sus objetivos, podrá celebrar toda clase de contratos y, especialmente el de sociedad, pudiendo desde luego participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos de ellas; y ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para sus fines.- Domicilio en la ciudad y comuna de Concepción, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales o bodegas que instalen en otros puntos del territorio nacional y)o extranjero
Administración
de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña ROSA ISABEL GONZÁLEZ CARRERA, quien, actuando a nombre de la sociedad, y sin perjuicio de las delegaciones que pudiere efectuar, y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia monto respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Concepción, con oficio en calle Colo Colo 304, comuna de Concepción, CERTIFICO: que, con fecha 8 de abril de 2026, repertorio N°655/2026, ante mí, se redujo a escritura pública la Junta General Extraordinaria de accionistas que fue celebrada con fecha 7 de Abril 2026, por don ALEJANDRO SALVADOR REYES GONZÁLEZ, chileno, casado Régimen Participación en los Gananciales, Constructor civil, cédula de identidad número 12.051.397-4, domiciliado en esta ciudad y comuna de Concepción, Avenida Francesa número 307, Sector Pedro de Valdivia y doña ROSA ISABEL GONZÁLEZ CARRERA, quien declara ser chilena, casada y separada totalmente de bienes, vendedora, cédula de identidad número 8.971.517-2 , domiciliada comuna de Chiguayante, Calle Arturo Prat número 524 en su calidad de únicos accionistas sociedad por acciones Inmobiliaria e Inversiones Santa Josefina SpA, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones ciento sesenta mil veintiuno guion cero, modificaron la sociedad transformándola en una sociedad de Responsabilidad Limitada. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha cuatro de agosto del año dos mil veinticinco, ante el Notario Público de Concepción don Ramón García Carrasco, la que figura en el Repertorio de Instrumentos Públicos con el número siete mil quinientos treinta y cuatro guion dos mil veinticinco, cuyo extracto se publicó en el 1393 vuelta bajo el número 867 del Registro de Comercio al año 2025, a cargo del Conservador de Comercio de Concepción. La sociedad se regirá por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus posteriores modificaciones, las estipulaciones del presente contrato, y las normas pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio, respectivamente. La razón social será “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA JOSEFINA LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía “SANTA JOSEFINA LTDA. El objeto: de la sociedad será la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, subdivisión, y loteo, de bienes raíces, de cualquier naturaleza que ellos sean, urbanos y agrícolas, su urbanización y loteamiento y en general toda clase de operaciones propios de la actividad inmobiliaria. Además la sociedad podrá invertir en bienes muebles corporales, de toda clase, dedicarse a toda clase de inversiones, en el país y el extranjero y participar en toda clase de negocios, sea como gestor o socio capitalista, invertir los fondos sociales en acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures, cuotas o participaciones en capitales de riesgo y, en general, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier títulos los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Además la sociedad, en cumplimiento de sus objetivos, podrá celebrar toda clase de contratos y, especialmente el de sociedad, pudiendo desde luego participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos de ellas; y ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para sus fines.- Domicilio en la ciudad y comuna de Concepción, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales o bodegas que instalen en otros puntos del territorio nacional y/o extranjero.- Capital: $160.000.000, Alejandro Salvador Reyes González aporta $157.000.000 enterado y pagado fecha escritura constitución sociedad este acto se modifica, y Rosa Isabel González Carrera aporta $3.000.000 enterado y pagado fecha escritura constitución sociedad este acto se modifica. La administración: de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña ROSA ISABEL GONZÁLEZ CARRERA, quien, actuando a nombre de la sociedad, y sin perjuicio de las delegaciones que pudiere efectuar, y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia monto respectivos aportes. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, renovándose tácita y sucesivamente por iguales periodos si ninguno de los socios manifestare su intención o voluntad de ponerle término. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 14 de abril de 2026. LHS.