ASESORÍAS FUTURO SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2026
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- 1° Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $54.925 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ASESORÍAS FUTURO SpA | socio | 77371433-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público de la 1° Notaría de La Reina, ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de marzo de 2026, ante mí, compareció don Rodrigo Jaime Friedlander Ergas, en su calidad de único accionista de las sociedades (i) RFE SpA, Rol Único Tributario e inscripción en proceso de obtención y, (ii) ASESORÍAS FUTURO SpA, Rol Único Tributario N°77.371.433-9, inscrita a fojas 42.461, número 20.268 en el Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la cual se acordó: /Uno/ Fusión: La fusión de RFE SpA en ASESORÍAS FUTURO SpA, mediante absorción de la primera por parte de la segunda, disolviéndose por tanto RFE SpA. /Dos/ (a) Aumento de capital: Producto de la fusión acordada, se aumenta el capital de ASESORÍAS FUTURO SpA, de la suma actual de $54.925.000 a la cantidad de $335.205.566, pagándose en el mismo acto con el patrimonio de la sociedad RFE SpA. (b) Disminución de capital: Por efecto de la misma fusión, ASESORÍAS FUTURO SpA adquiere 10.985 acciones de propia emisión, disminuyéndose su capital en la suma de $70.294.199. /Tres/ Modificación de Estatutos: (a) En virtud de lo indicado, se modificó el artículo quinto de los estatutos de ASESORÍAS FUTURO SpA, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos sesenta y cuatro millones novecientos once mil trescientos sesenta y siete pesos, dividido y representado en cincuenta y seis mil cincuenta y seis acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma en que se indica en el artículo primero transitorio. Las acciones de la sociedad se emitirán sin imprimir laminas físicas de dichos títulos. El Registro de Accionistas, los traspasos de acciones y todo lo relacionado con los mismos, se regulará por lo dispuesto en los artículos cuatrocientos treinta y uno y cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, y por lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas y su Reglamento. El o los administradores podrán certificar la propiedad accionaria, bastando al efecto dicha certificación frente a terceros”. (b) Asimismo, se acordó modificar el artículo primero transitorio, reemplazándolo por el siguiente texto: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de doscientos sesenta y cuatro millones novecientos once mil trescientos sesenta y siete pesos, dividido y representado en cincuenta y seis mil cincuenta y seis acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y única serie y sin valor nominal de igual valor, se suscribe y paga íntegramente por su único accionista, este es RODRIGO JAIME FRIEDLANDER ERGAS, el cual ya ha ingresada en arcas sociales”. El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de abril de 2026.