SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y DE SERVICIOS EL APERO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de marzo de 2026
- Repertorio
- 3176-26
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $194.285.714 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICO: por escritura pública de fecha 23 de marzo de 2026, Repertorio N°3.176-26, otorgada ante mí, los socios GASTÓN CARLOS CAMINONDO VIDAL cédula de identidad número 7.295.877-2; doña MICHELE RENEE CAMINONDO EYSSAUTIER cédula de identidad número 16.531.741-6; doña STEPHANIE ANDREE CAMINONDO EYSSAUTIER, cédula de identidad número 15.550.091-3; y don GASTON IGNACIO CAMINONDO EYSSAUTIER cédula nacional de identidad número 17.982.886-3, modificaron los estatutos de la SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y DE SERVICIOS EL APERO LIMITADA, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 2 número 2 del Registro de Comercio de 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, cambiando la administración de la sociedad y la distribución del capital social. La MODIFICACIÓN CONSISTE EN: Capital social: $194.285.714, aportando: Uno) don GASTÓN CARLOS CAMINONDO VIDAL, la cantidad total de $77.714.285,6, íntegramente pagados, equivalentes al 40% de los derechos sociales; Dos) doña MICHELE RENEE CAMINONDO EYSSAUTIER, la cantidad de $38.857.142,8, íntegramente pagados, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Tres) doña STEPHANIE ANDRÉE CAMINONDO EYSSAUTIER, la cantidad de $38.857.142,8, íntegramente pagados, equivalentes al 20% de los derechos sociales; y Cuatro) don GASTÓN IGNACIO CAMINONDO EYSSAUTIER, la cantidad de $38.857.142,8, íntegramente pagados, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Administración y representación social: doña MICHELE RENEE CAMINONDO EYSSAUTIER, doña STEPHANIE ANDRÉE CAMINONDO EYSSAUTIER, y don GASTÓN IGNACIO CAMINONDO EYSSAUTIER, actuando conjuntamente 2 cualquiera de ellos, con amplias facultades de disposición, administración, y delegatorias. En todo lo demás, permanece vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 13 de abril del 2026.