MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANTA ANA ARRIENDOS SANITARIOS LIMITADA

RUT 77513717-7 CVE 2797160
Fecha instrumento
30 de marzo de 2026
Notaría
Temuco

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2026
Repertorio
1115-2026
Notario
ALVARO VALDEBENITO SALGADO
Oficio
Primera Notaría de Temuco
Comuna
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: Por escritura pública de Repertorio N° 1115 - 2026 de fecha 30 de Marzo de 2026, ante mí, RICARDO MAURICIO SILVA TAPIA, con domicilio en Pasaje Apóstol Santiago número cero trescientos cuatro, Villa San Andrés, comuna de Temuco; y CLAUDIA ANDREA QUEZADA MARDONES, con domicilio en Avenida Olimpia número mil setecientos veinte, Departamento seiscientos seis, Torre Uno, comuna de Temuco; modificaron pacto social “SANTA ANA ARRIENDOS SANITARIOS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de agosto del año dos mil veintiuno, otorgada ante Notario Público de Temuco, don Jorge Elías Tadres Hales, repertorio número cuatro seiscientos sesenta y dos. El extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio de Temuco a fojas ochocientos cuarenta y siete, número cuatrocientos noventa y seis del año dos mil veintiuno. Su capital es de cuarenta millones de pesos y su rol único tributario es setenta y siete millones quinientos trece mil setecientos diecisiete guión siete. Modificación: La cláusula SEGUNDA del pacto social en el sentido que acuerdan ampliar el objeto social y para ello agregan: “El transporte en general de mercaderías, residuos no peligrosos, aguas residuales domésticas y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás: todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso.” En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 09 de Abril de 2026.- Doy fe.