Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2026
- Repertorio
- 18918-2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Camilo Antonio Arias Hernández, quien actuando individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades, pudiendo realizar todas las operaciones sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, abogado, Notario Suplente de la Titular de la 38ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea Nº 3477, oficina 10, comuna Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública, de fecha 10 de abril de 2026, Repertorio Nº 18918-2026, ante mí: Don CAMILO ANTONIO ARIAS HERNÁNDEZ, constituye sociedad por acciones: Nombre: “INVERSIONES CANAR SpA” y también podrá usar y obligarse válidamente bajo el nombre de fantasía de “INVERSIONES CANAR”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, en especial, la creación, fabricación, compraventa, distribución, consignación, importación, exportación, intermediación y otras operaciones con juguetes, juegos y entretenimientos de toda clase, pasatiempos, colecciones, artesanías y otros para entretención, didácticos, juegos; y uso del tiempo libre, de bebés, niños y adultos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con la juguetería existente en la actualidad y en los que existan en el futuro; b) La representación, comisión, consignación y agencia comercial de fabricantes, proveedores y empresas nacionales y extranjeras relacionadas con el rubro de la juguetería y entretenimiento. c) Prestar servicios y asesoría a la industria y al comercio, sean personas naturales o jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente, en el área comercial relacionada con la juguetería; d) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; e) La compra y venta al por mayor y menor no especializada de bienes muebles y arriendo de bienes muebles e inmuebles para la consecución de todos sus fines; f) Para los efectos señalados anteriormente, la Sociedad podrá ejecutar, administrar y usar a cualquier título bienes muebles e inmuebles, como también ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios que tiendan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social; g) La participación o administración a cualquier título en sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza que tengan relación con sus actividades; h) En general, la sociedad podrá contraer toda clase de obligaciones y realizar cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden llevar a efecto sin necesidad de modificar el pacto social y que permitan un mejor aprovechamiento de la organización de esta sociedad, sin limitación alguna; y en general, la realización de todos los actos y contratos conducentes al giro social.- Domicilio: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Chile, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales, representaciones o delegaciones en otros puntos del país o del extranjero.-Duración: Indefinida. Capital: El capital social, asciende a la suma de $1.000.000.- de pesos dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie e igual valor, y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y pagado totalmente. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Camilo Antonio Arias Hernández, quien actuando individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades, pudiendo realizar todas las operaciones sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de abril de 2026.