ALPS SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- 45° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ignacio San Martín Schröder, Abogado, Notario Público Titular de la 45° Notaría Santiago, oficio Huérfanos N°979, Piso 7º, Santiago, certifica: Que con esta fecha, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de ALPS SpA (la “Sociedad”), inscrita a Fj.29.790, N°14.952 del Registro de Comercio de Santiago año 2019, (en adelante la “Sociedad”), celebrada el 09/03/2026, con la asistencia de los accionistas JRM SpA,; Chappuzeau y Compañía Limitada; y Oystertech Participações Limitada, todos domiciliados en Rosario Norte N°555, oficina 1104, Las Condes, Santiago. Los únicos y actuales accionistas del 100% de las acciones de la Sociedad según registro de accionistas que se tuvo a la vista, acordaron: Uno) Resciliar parcialmente los acuerdos adoptados por Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 04/11/2025 reducida a escrita publica con igual fecha en esta misma notaria, a requerimiento de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) conforme Oficio Ordinario N°36345 de fecha 25 de febrero del 2026 que se protocoliza al final de la escritura extractada. Dos) Como consecuencia de lo anterior, se rescilia transformación por lo que la Sociedad seguirá existiendo y operando bajo el régimen jurídico de una Sociedad por Acciones, cuyos estatutos y para efectos de orden, se volvieron a dictar conforme a las normas de las sociedades por acciones, regidas por las disposiciones del Párrafo 8º, Título VII, Libro II, artículos 424º y s.s. del Código de Comercio, supletoriamente por las disposiciones de la Ley 18.046 aplicables a las sociedades anónimas cerradas, cuyas principales menciones son: 1.- Nombre o razón social. ALPS SpA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía en todas sus actividades comerciales tributarias y ante bancos comerciales de ALPS. 2.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios correspondientes a Proveedores de Servicios para Procesamiento de Pagos (PSP), sea por medios digitales y/o remotos, así como presenciales, por cualquier medio de pago, incluyendo transferencias electrónicas de fondos, pagos con tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos o prepago. b) La autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos o prepago. c) La afiliación de entidades y comercios al sistema de pagos, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas. d) La provisión de terminales de punto de venta o de canales o aplicaciones de carácter electrónico o informático que permitan la autorización, captura, agregación y comunicación de operaciones de pago, para que posteriormente sean procesadas por un operador para fines de su liquidación y/o pago. e) La prestación de servicios que incluyan la liquidación y/o el pago de las sumas que correspondan a las entidades o comercios afiliados al sistema de pagos por concepto de transacciones efectuadas con tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos. f) La prestación de servicios de aplicación de comercio electrónico y tecnologías de acceso para, entre otros, usar instrumentos de pago, recaudar, almacenar, procesar, dispersar y/o transmitir pagos y/o liquidar saldos, en nombre y/o por cuenta de terceros, en relación con operaciones de venta de productos y servicios en línea. g) En general, cualquier actividad que se encuentre relacionada de manera directa o indirecta con el giro social. 3.- Capital. $100.000.000, en 6.870 acciones, acciones ordinarias, nominativas, y sin valor nominal. Suscritas y pagadas todas las acciones. Tres) Se efectuaron otras rectificaciones, correcciones y aclaraciones que no requieren extracto. Cuatro) Los accionistas acordaron por unanimidad ratificar íntegramente todos los otros acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 4/11/2025, en todo aquello que no haya sido expresamente resciliado, modificado, complementado o dejado sin efecto por la presente Junta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de marzo 2026.- Juan Ignacio San Martín Schröder. Notario Público Titular.