AGRÍCOLA SAN LUIS SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2026
- Notario
- FRANCISCO LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $730.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la Sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente, períodos iguales y sucesivos de 5 años, a menos que cualquiera de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, todo ello con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo o de la prórroga que se encuentre vigente
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, comercialización, consignación, distribución, preservación, cosecha, deshidratación, procesamiento, elaboración, almacenamiento en frío o de otro modo, envase, empaque, selección, manejo, utilización y comercialización en el país o en el extranjero de productos frutícolas, agrícolas, hortícolas y vitivinícolas; b) La explotación del negocio ganadero; c) Efectuar toda clase de inversiones en el área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá por cuenta propia o ajena invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, invertir, participar o formar todo otro tipo de sociedades, adquirir bienes muebles e inmuebles, construir en estos últimos, enajenarlos o explotarlos bajo cualquier forma, vender, distribuir, comercializar, importar y exportar todo tipo de bienes, actuar como agentes de negocios, asumir, aceptar y ejercer toda clase de representaciones, actuar como comisionista, administrar propiedades y en general efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden; d) La prestación de todo tipo de asesorías, comerciales, financieras, administrativas de marketing y de comercio exterior, y en general la realización de todas las actividades que tengan relación con los giros antes mencionados
Administración
La administración y uso de la razón social, corresponderá a don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN; doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZAR; doña MARÍA DEL PILAR NOELLE LABBÉ ECHENIQUE; y don RAFAEL SERGIO LABBÉ ECHENIQUE. Don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN podrá ejercer dichas facultades actuando individualmente, mientras que doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZAR; doña MARÍA DEL PILAR NOELLE LABBÉ ECHENIQUE; y don RAFAEL SERGIO LABBÉ ECHENIQUE, deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objetivo o giro ordinario, y con todas las facultades señaladas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de marzo de 2026, ante mí:, doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZARD, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, C.I. N°4.298.441-8; doña MARÍA DEL PILAR NOELLE LABBÉ ECHENIQUE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, enfermera, C.I. N°14.122.694-0 y don RAFAEL SERGIO LABBÉ ECHENIQUE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, C.I. N°9.900.744-3, ambos en representación conjunta de don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, C.I. N°2.067.768-6, todos con domicilio para estos efectos en calle Andrés de Fuenzalida número 22, departamento número 702, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las respectivas cédulas de identidad citadas y exponen: “AGRÍCOLA SAN LUIS SpA”, RUT N°77.992.806-3, fue constituida por escritura pública de fecha 13.11.2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Javier Diez Morello, cuyo extracto se inscribió a fojas 98.382, número 39.370 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024 y se publicó en el Diario Oficial en la edición del día 22.11.2024. La Sociedad no ha tenido modificaciones. El capital de la Sociedad es la suma de $730.000.000.- dividido en 730 acciones nominativas, sin valor nominal, de una serie única, distribuidas de la siguiente forma: a) don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN, con 728 acciones; b) doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZARD, con 2 acciones. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales accionistas, acuerdan modificar la referida Sociedad, manteniendo su Rol Único Tributario número 77.992.806-3, transformándola en Sociedad de Responsabilidad Limitada, bajo el nombre de AGRÍCOLA SAN LUIS LIMITADA, en la cual los socios, serán los mismos y en las mismas proporciones en que los accionistas de la sociedad que se transforma participaban en su capital, patrimonio y utilidades y dejan constancia del texto modificado, refundido y actualizado, de los estatutos de la sociedad. Razón Social. El nombre de la sociedad será “AGRÍCOLA SAN LUIS LIMITADA”. Objeto. El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, comercialización, consignación, distribución, preservación, cosecha, deshidratación, procesamiento, elaboración, almacenamiento en frío o de otro modo, envase, empaque, selección, manejo, utilización y comercialización en el país o en el extranjero de productos frutícolas, agrícolas, hortícolas y vitivinícolas; b) La explotación del negocio ganadero; c) Efectuar toda clase de inversiones en el área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá por cuenta propia o ajena invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, invertir, participar o formar todo otro tipo de sociedades, adquirir bienes muebles e inmuebles, construir en estos últimos, enajenarlos o explotarlos bajo cualquier forma, vender, distribuir, comercializar, importar y exportar todo tipo de bienes, actuar como agentes de negocios, asumir, aceptar y ejercer toda clase de representaciones, actuar como comisionista, administrar propiedades y en general efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden; d) La prestación de todo tipo de asesorías, comerciales, financieras, administrativas de marketing y de comercio exterior, y en general la realización de todas las actividades que tengan relación con los giros antes mencionados. Administración: La administración y uso de la razón social, corresponderá a don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN; doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZAR; doña MARÍA DEL PILAR NOELLE LABBÉ ECHENIQUE; y don RAFAEL SERGIO LABBÉ ECHENIQUE. Don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN podrá ejercer dichas facultades actuando individualmente, mientras que doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZAR; doña MARÍA DEL PILAR NOELLE LABBÉ ECHENIQUE; y don RAFAEL SERGIO LABBÉ ECHENIQUE, deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objetivo o giro ordinario, y con todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $730.000.000, íntegramente aportado y pagado con anterioridad a la presente fecha, distribuido de la siguiente forma: a) don RAFAEL ALFREDO DEL CARMEN LABBÉ LEÓN, con 99,726% de los derechos sociales y patrimonio social; y, b) doña NOELLE MARÍA DEL PILAR ECHENIQUE MUZARD, con un 0,274% de los derechos sociales y patrimonio social. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente, períodos iguales y sucesivos de 5 años, a menos que cualquiera de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, todo ello con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo o de la prórroga que se encuentre vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Cláusula de fallecimiento. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, quienes deberán hacerse representar para todos los efectos legales y sociales, por un procurador común. Asimismo, dentro del plazo de 120 días contados desde dicha fecha, deberá otorgarse la modificación social correspondiente, con el objeto de reflejar la incorporación de los nuevos integrantes en razón de la sucesión. El Notario que suscribe certifica que, teniendo a la vista los libros de accionistas consta como únicos accionistas de Agrícola San Luis SpA, don Rafael Alfredo Del Carmen Labbé León, con 728 acciones y doña Noelle María Del Pilar Echenique Muzard, con 2 acciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de abril de 2026. F. LEIVA C. N.P.