Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2026
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, uso de la razón social y representación de la Sociedad, le corresponderá: Uno. Individual y separadamente a don José Nicolás Hurtado Cruzat y don Gonzalo Patricio Hernández Fuenzalida, respecto de las actuaciones señaladas en la escritura; y, Dos. Conjuntamente a don José Nicolás Hurtado Cruzat y don Gonzalo Patricio Hernández Fuenzalida, respecto de las actuaciones señaladas en la escritura. Demás facultades en escritura extractada. Santiago, 09 de abril de 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 19 de marzo de 2026, Repertorio número 1.798-2026 ante mí, José Nicolás Hurtado Cruzat y Gonzalo Patricio Hernández Fuenzalida, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1) Accionistas: José Nicolás Hurtado Cruzat y Gonzalo Patricio Hernández Fuenzalida. 2) Razón social: VentClair SpA. 3) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) El desarrollo, diseño, programación, implementación, mantenimiento, soporte, licenciamiento y comercialización de software, plataformas digitales, sistemas computacionales y soluciones tecnológicas, incluyendo servicios de automatización de procesos, inteligencias de negocios, análisis de datos, inteligencia artificial y tecnologías a fines; b) Servicios de consultoría, asesoría y soporte técnico; c) Actuar como representante, agente, mandataria, distribuidora o comisionista de toda clase de personas jurídicas, nacionales o extranjeras, pudiendo asumir la representación comercial, técnica o institucional de terceros, celebrar contratos de agencia, distribución, comisión o mandato, y en general asumir la representación de productos y/o servicios de terceros; y, d) En general, cualquier otra actividad que en la actualidad o en el futuro esté relacionada con el objeto social de la Sociedad, así como cualquier otro negocio, giro o contratos que los accionistas determinen de común acuerdo, sin que para ello sea necesario modificar los estatutos. 4) Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. 5) Administración: La administración, uso de la razón social y representación de la Sociedad, le corresponderá: Uno. Individual y separadamente a don José Nicolás Hurtado Cruzat y don Gonzalo Patricio Hernández Fuenzalida, respecto de las actuaciones señaladas en la escritura; y, Dos. Conjuntamente a don José Nicolás Hurtado Cruzat y don Gonzalo Patricio Hernández Fuenzalida, respecto de las actuaciones señaladas en la escritura. Demás facultades en escritura extractada. Santiago, 09 de abril de 2026.