MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTIAGO INVESTMENTS LIMITADA

RUT 76038317-1 CVE 2795819
Capital
$60.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de abril de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de abril de 2026
Repertorio
26310
Notario
no constituye materia de extracto. Pablo Martínez Loaiza
Oficio
Primera Notaría de La Reina. La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$60.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) La construcción de casas, edificios, departamentos, conjuntos habitacionales; b) La construcción, en general de toda clase de obras civiles, industriales, por cuenta propia o de terceros; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subdivisión, loteamiento, urbanización y explotación de toda clase de bienes inmuebles; d) La planificación y elaboración de toda clase de proyectos inmobiliarios e industriales y de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; e) Prestación de servicios de asesorías en proyectos y trabajos de ingeniería costera e hidráulica ambiental e ingeniería conceptual; f) Invertir en toda clase de bienes muebles; g) Administrar estas inversiones y percibir sus frutos y rentas; y h) La explotación, compra venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Administración

La Sociedad será administrada por un Director Ejecutivo designado por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. El Director Ejecutivo podrá ser un accionista o un tercero ajeno a la sociedad, y durará en el cargo mientras cuente con la confianza de la Junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo Martínez Loaiza, Notario Titular de la 1ra Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 2 de abril de 2026, Repertorio N° 26.310, a la cual comparece ante mi suplente el abogado Gonzalo Prieto Magnolfi, don JAVIER ANDRÉS UGARTE URIBE, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula de identidad número 13.234.367-5, en representación de don CHARLES PIERRE FOURNIER, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número catorce millones seiscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho guion cuatro, y en representación de doña BÁRBARA RUTH LUGG, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número catorce millones seiscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete guion seis, todos domiciliados para estos efectos en Alcántara número doscientos setena y uno, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; doña MARCELA ZAMORA GAMBOA, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número veintiún millones novecientos ochenta mil quinientos veintidós guion cinco, por sí y en representación de don PATRICIO GONZALO MONARDEZ SANTANDER, chileno, casado y separado de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número catorce millones doscientos noventa y seis mil ochocientos setenta y dos guion K, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Cintura número ocho mil cuatro guion A, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTIAGO INVESTMENTS LIMITADA” (en adelante la “Sociedad”), Rol Único Tributario N° 76.038.317-1, con domicilio para estos efectos en Alcántara N° 271, oficina 601, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; inscrita a fojas 51.901 N° 35.876 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008. Se acordaron las siguientes modificaciones: a) Cesión de derechos sociales. Doña Bárbara Ruth Lugg vendió, cedió y transfirió a don Patricio Gonzalo Monardez Santander, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 0,1% de los derechos sociales. El precio de venta de los derechos sociales ya indicados, es la suma de $95.400, que el comprador paga a la vendedora en este acto, en dinero en efectivo y al contado, quien declara recibir el precio a su entera satisfacción. Las Partes dejan constancia que el precio indicado corresponde al valor tributario de los derechos sociales; y b) Doña Marcela Zamora Gamboa vendió, cedió y transfirió a don Charles Pierre Fournier, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 0,1% por ciento de los derechos sociales. El precio de venta de los derechos sociales ya indicados, es la suma de $95.400, que el comprador paga a la vendedora en este acto, en dinero en efectivo y al contado, quien declara recibir el precio a su entera satisfacción. Las Partes dejan constancia que el precio indicado corresponde al valor tributario de los derechos sociales. Producto de las cesiones de derechos expuestas, quedan como actuales y únicos socios de INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTIAGO INVESTMENTS LIMITADA, don Charles Pierre Fournier, con un 50% de los derechos sociales; y don Patricio Gonzalo Monardez Santander con un 50% de los derechos sociales. Asimismo, producto de la modificación anterior, los actuales y únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTIAGO INVESTMENTS LIMITADA”; don Charles Pierre Fournier y don Patricio Gonzalo Monardez Santander modificaron el pacto social en el sentido de reemplazar la cláusula Sexta sobre el capital social por el siguiente nuevo texto: “SEXTA.- Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $60.000.000, que los socios han suscrito y enterado íntegramente en la caja social, con anterioridad a esta fecha, en partes iguales, y de la siguiente manera: a) don Charles Pierre Fournier, la suma de treinta millones de pesos, los cuales representan un cincuenta por ciento de los derechos sociales; b) don Patricio Gonzalo Monardez Santander la suma de treinta millones de pesos, los cuales representan un cincuenta por ciento de los derechos sociales”; y b) Transformación: don Charles Pierre Fournier, y don Patricio Gonzalo Monardez Santander, siendo titulares del 100% de los derechos sociales, transformaron la sociedad “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTIAGO INVESTMENTS LIMITADA”, en una sociedad por acciones, la que se regirá por sus propios estatutos y en lo no previsto en ellos por las disposiciones del párrafo octavo del Código de Comercio y demás normas supletorias aplicables. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad por acciones es “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTIAGO INVESTMENTS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La construcción de casas, edificios, departamentos, conjuntos habitacionales; b) La construcción, en general de toda clase de obras civiles, industriales, por cuenta propia o de terceros; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subdivisión, loteamiento, urbanización y explotación de toda clase de bienes inmuebles; d) La planificación y elaboración de toda clase de proyectos inmobiliarios e industriales y de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; e) Prestación de servicios de asesorías en proyectos y trabajos de ingeniería costera e hidráulica ambiental e ingeniería conceptual; f) Invertir en toda clase de bienes muebles; g) Administrar estas inversiones y percibir sus frutos y rentas; y h) La explotación, compra venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Administración: La Sociedad será administrada por un Director Ejecutivo designado por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. El Director Ejecutivo podrá ser un accionista o un tercero ajeno a la sociedad, y durará en el cargo mientras cuente con la confianza de la Junta de Accionistas. El Director Ejecutivo representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta general de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. De acuerdo a lo establecido en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales se nombró Director Ejecutivo a doña María Teresa Puertas Esteban. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $60.000.000, dividido en 60.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se encuentra suscrito y pagado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Artículo Primero Transitorio. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $60.000.000, dividido en 60.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se ha suscrito y pagado de la siguiente forma: a) don Charles Pierre Fournier suscribe 30.000.000 de acciones por un valor de $30.000.000, equivalentes al 50% del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento, y, b) don Patricio Gonzalo Monardez Santander suscribe 30.000.000 de acciones por un valor de $30.000.000, equivalentes al 50% del capital social; el cual ha sido pagado con anterioridad a la fecha del presente instrumento. De esta forma se encuentra íntegramente suscrito y pagado el capital de la Sociedad. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Toda otra mención en la escritura pública de fecha 2 de abril de 2026 no constituye materia de extracto. Pablo Martínez Loaiza, Notario Público de la Primera Notaría de La Reina. La Reina, 7 de abril de 2026.