Instrumento
- Fecha
- 2 de abril de 2026
- Repertorio
- 4211-2026
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
(a) La recolección, transporte, almacenamiento, depósito, tratamiento, recuperación y reciclaje de desechos orgánicos y desechos y subproductos cárnicos, así como su comercialización y venta al por mayor; (b) La comercialización de productos y subproductos elaborados a partir de desechos orgánicos y desechos cárnicos, tanto en el mercado nacional como internacional; (c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en la gestión de desechos orgánicos, valorización de subproductos y desarrollo de procesos industriales sustentables; (d) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; (e) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N° 3076, oficina 601, sexto piso, Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública otorgada en esta notaría con fecha 02 de abril de 2026, bajo el repertorio N° 4211-2026, ante mí, don Jorge Eduardo Larrain Rochefort, cédula de identidad N° 15.637.504-7, domiciliado en Pasaje Lo Gallo N° 1805, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Agrasa SpA” (la “Sociedad”). Objeto: (a) La recolección, transporte, almacenamiento, depósito, tratamiento, recuperación y reciclaje de desechos orgánicos y desechos y subproductos cárnicos, así como su comercialización y venta al por mayor; (b) La comercialización de productos y subproductos elaborados a partir de desechos orgánicos y desechos cárnicos, tanto en el mercado nacional como internacional; (c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en la gestión de desechos orgánicos, valorización de subproductos y desarrollo de procesos industriales sustentables; (d) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; (e) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital Social: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 12.000.000 de acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, el cual es suscrito y pagado por el accionista Jorge Eduardo Larrain Rochefort, quien las suscribe y paga íntegramente en el acto de constitución, en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 8 de abril de 2026.