SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES 3 D LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2026
- Notario
- MAURO FABIÁN AROCA GUERRERO
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURO FABIÁN AROCA GUERRERO, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, Agustinas 1161 entrepiso, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 30 de marzo de 2026, ante mí, doña NANCY DEL ROSARIO CERÓN ESTOLAZA, por si y en representación de la SOCIEDAD IMPORTADORA AVALANCHA LIMITADA; y doña KARINA ALEJANDRA BUSTOS MARTINEZ, en representación de la SOCIEDAD COMERCIALIZADORA KBM SpA, Rol Unico Tributario número 77.402.144-2 ambos todos domiciliados para estos efectos en calle San Alfonso número 242, local cuatro, comuna de Santiago; procedieron a modificar la “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES 3 D LIMITADA” Rol Único Tributario Número 76.329.764-0, cuyo extracto de escritura de constitución se inscribió a fojas 7.852 Número 5.056 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, y fue publicada en el derechos sociales: la SOCIEDAD IMPORTADORA AVALANCHA LIMITADA, dueña del cincuenta por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la SOCIEDAD COMERCIALIZADORA KBM SpA,, quien compra, acepta y adquiere para si, el cien por ciento de los derechos sociales de que es titular el vendedor o cedente en la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES 3 D LIMITADA. En consecuencia, quedan como únicos socios de la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES 3 D LIMITADA, la socia doña NANCY DEL ROSARIO CERON ESTOLAZA, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y la socia la SOCIEDAD COMERCIALIZADORA KBM SpA,, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. 2) Los actuales socios modifican la cláusula cuarta de los estatutos sociales, en el sentido de indicar que la administración y representación de la sociedad y uso de la razón social le corresponderá a doña NANCY DEL ROSARIO CERON ESTOLAZA, y a doña KARINA ALEJANDRA BUSTOS MARTINEZ, quienes podrán actuar en forma conjunta, separada o indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas representarán a la sociedad con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos, y con todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula cuarta de los estatutos sociales, los que se dan por enteramente reproducidos en este acto.. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de abril de 2026.-