Qubico Energy SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2026
- Repertorio
- 18238-2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago con domicilio en esta ciudad en calle Avenida Isidora Goyenechea 3477
Sociedad
- Capital
- $42.105.264 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago con domicilio en esta ciudad en calle Avenida Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Chile, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 7 de abril de 2026, bajo el repertorio Nº 18238- 2026, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Qubico Energy SpA”, celebrada con fecha 1 de abril de 2026, en la cual se acordó por la unanimidad de los accionistas con derecho a voto, conforme registro de accionistas que tuve a la vista lo siguiente: i) modificar el número de acciones en que se divide el capital social, correspondiente a la suma de $40.000.000 dividido en 4.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal, a la cantidad de 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal; ii) aumentar el capital social correspondiente a la suma de $40.000.000.- dividido en 10.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal, a la suma de $42.105.264.- dividida en 10.526.316 de acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal. Capital: El capital social corresponde a la suma de $42.105.264.- dividido en 10.526.316 de acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal, el que se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de $40.000.000.- dividida en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, las cuales se encuentran completamente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) La suma de $2.105.264 divida en 526.316 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 10 años contados desde el 1 de abril de 2026. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 7 de abril de 2026.