Instrumento
- Fecha
- 6 de abril de 2026
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a) el desarrollo, implementación, distribución y comercialización de software y todo tipo de plataformas digitales; /b) la prestación de servicios en diversas áreas, especialmente en el área de la informática, desarrollo de software, tecnología de la información y activos digitales; c) la recepción y envío de órdenes de terceros para la compra o venta de valores de oferta pública o instrumentos financieros, dirigidas únicamente a sistemas alternativos de transacción, intermediarios de valores o corredores de bolsa de productos establecidos en el exterior; d) actividades de cobro y pago de dinero en Chile o en el extranjero, por todo tipo de medios físicos y electrónicos, por cuenta propia o de terceros pudiendo aceptar todo tipo de mandatos para tales efectos; /e) la prestación y venta de servicios de asesoría empresarial y de gestión, servicios de recaudación y de cobranza, a personas naturales o jurídicas en general; y /f) en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, así como cualquier negocio lícito que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 06/04/2026, repertorio número 7882/2026, ante mí: NONCO MEXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, sociedad constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, del giro inversiones, Rol Único Tributario en trámite, debidamente representada por don Jorge Ignacio Lazo Valenzuela, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 19.475.674-7, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo 3885, piso 18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones (la “Sociedad”) cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: NONCO CHILE SpA, pudiendo usar, además, como nombre de fantasía NONCO CHILE o Nonco. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias, establecimientos o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ el desarrollo, implementación, distribución y comercialización de software y todo tipo de plataformas digitales; /b/ la prestación de servicios en diversas áreas, especialmente en el área de la informática, desarrollo de software, tecnología de la información y activos digitales; c) la recepción y envío de órdenes de terceros para la compra o venta de valores de oferta pública o instrumentos financieros, dirigidas únicamente a sistemas alternativos de transacción, intermediarios de valores o corredores de bolsa de productos establecidos en el exterior; d) actividades de cobro y pago de dinero en Chile o en el extranjero, por todo tipo de medios físicos y electrónicos, por cuenta propia o de terceros pudiendo aceptar todo tipo de mandatos para tales efectos; /e/ la prestación y venta de servicios de asesoría empresarial y de gestión, servicios de recaudación y de cobranza, a personas naturales o jurídicas en general; y /f/ en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, así como cualquier negocio lícito que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista en el acto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de abril de 2026.