CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

BLUE INVESTMENT SpA

RUT 7817125-1 CVE 2795466
Capital
$359.495.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2026
Repertorio
2330/2026
Notario
JOSE IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN
Oficio
27ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$359.495.000 CLP

Objeto social

a) La inversión de toda clase de negocios, actividades comerciales, de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, agrícolas e industriales, de acciones derechos, títulos de créditos y valores mobiliarios; b) Servicios de administración y asesorías comerciales e inmobiliarias, actividad inmobiliaria; comprar, vender, permuta, enajenar, explotar, adquirir, ceder, comercializar y dar en arrendamiento toda clase de bienes, muebles o inmuebles, sean urbanos o agrícolas; c) Otros negocios que la sociedad acuerde o decida realizar relacionados o no con el objetos principal

Administración

La administración de la sociedad será administrada por uno o más Administradores, administración que será ejercida por los señores doña PAULA ANDREA ESCUDEY ENCINA y a don FELIPE ANDRES CRUZ ESCUDEY; quienes actuando de manera individual o separadamente podrán usar la razón social y representar a la sociedad con las facultades señaladas en las cláusulas Décimo Primera y Décimo Segunda, con las limitaciones y autorizaciones indicadas en los Estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, Abogado, Notario Público suplente de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia certifico que por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2026, bajo el repertorio N° 2330/2026, ante la Notario titular doña Maria Patricia Donoso Gomien, RODRIGO ALEJANDRO CRUZ LANGER, cédula nacional de identidad número 7.817.125-1, PAULA ANDREA ESCUDEY ENCINA, cédula nacional de identidad número 11.675.504-1, FELIPE ANDRES CRUZ ESCUDEY, cédula nacional de identidad número 20.676.934-3, y, OLIVER CRUZ ESCUDEY, conocido también como Isidora Cruz Escudey, cédula nacional de identidad número 22.528.797-k, todos domiciliados a estos efectos en Avenida Presidente Kennedy número siete mil treinta y uno, departamento doscientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, vinieron en constituir una sociedad por acciones, al tenor de lo prescrito en el artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: NOMBRE: “BLUE INVESTMENT SpA”. OBJETO: a) La inversión de toda clase de negocios, actividades comerciales, de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, agrícolas e industriales, de acciones derechos, títulos de créditos y valores mobiliarios; b) Servicios de administración y asesorías comerciales e inmobiliarias, actividad inmobiliaria; comprar, vender, permuta, enajenar, explotar, adquirir, ceder, comercializar y dar en arrendamiento toda clase de bienes, muebles o inmuebles, sean urbanos o agrícolas; c) Otros negocios que la sociedad acuerde o decida realizar relacionados o no con el objetos principal. CAPITAL: $359.495.000 pesos, dividido en 5.000 acciones nominativas, íntegramente suscrito por A) RODRIGO ALEJANDRO CRUZ LANGER, el que paga: 1) $327.745.000 pesos, mediante el aporte de inmuebles señalados en la escritura extractada; y, 2) $24.750.000 pesos, correspondiente al aporte de los vehículos señalados en la escritura. Correspondiente a 4.900 acciones; B) PAULA ANDREA ESCUDEY ENCINA, la que paga $3.000.000 pesos, correspondiente a 40 acciones; C) FELIPE ANDRES CRUZ ESCUDEY, el que paga $2.000.000 pesos, correspondiente a 30 acciones; y, D) OLIVER CRUZ ESCUDEY, el que paga $2.000.000 pesos, correspondiente a 30 acciones. El capital se enterará conforme a las necesidades del negocio en un plazo no superior a 3 años contaos desde la fecha de constitución de la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad será administrada por uno o más Administradores, administración que será ejercida por los señores doña PAULA ANDREA ESCUDEY ENCINA y a don FELIPE ANDRES CRUZ ESCUDEY; quienes actuando de manera individual o separadamente podrán usar la razón social y representar a la sociedad con las facultades señaladas en las cláusulas Décimo Primera y Décimo Segunda, con las limitaciones y autorizaciones indicadas en los Estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de abril de 2026.