SOSEK KINESIOLOGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2026
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Dentro del objeto social se agrega o incorpora la prestación de servicios de enfermería
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha treinta de marzo del año dos mil veintiséis, ante mí, comparecieron: don RICARDO LUIS SOLANO LOPEZ, chileno, kinesiólogo, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número ocho millones doscientos treinta y nueve mil doscientos sesenta y cuatro guión cinco; doña PAMELA JEANNETTE DEL CARMEN SERON SILVA, chilena, kinesióloga, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número ocho millones trescientos mil setecientos treinta y seis guión dos; y doña JAVIERA PAULINA SOLANO SERON, chilena, enfermera universitaria, soltera, cédula de identidad número diecinueve millones quinientos diecinueve mil trescientos cincuenta y tres guión tres, todos domiciliados en Pasaje Los Troncos número cero mil trescientos treinta y tres de la ciudad de Temuco; expusieron: Por escritura pública de fecha diecisiete de diciembre de dos mil dos, otorgada en la notaría de Temuco de don Marcelo Gay Pasche, saneada por otra de fecha seis de mayo de dos mil tres otorgada ante el notario Interino de Temuco don Vicente Villarroel Ramírez, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “SOSEK KINESIOLOGOS LIMITADA”. El extracto de la escritura de constitución se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas trescientos treinta y uno vuelta número trescientos dos del año dos mil tres; en tanto el saneamiento se inscribió a fojas trescientos treinta y dos número trescientos tres del año dos mil tres en el mismo registro referido. El rol único tributario es setenta y siete millones novecientos treinta y ocho mil ciento ochenta guión tres. Declararon los comparecientes que eran los únicos y actuales socios de la sociedad referida don RICARDO LUIS SOLANO LOPEZ y doña PAMELA JEANNETTE DEL CARMEN SERON SILVA. Por el instrumento extractado, doña PAMELA JEANNETTE DEL CARMEN SERON SILVA, vendió, cedió y transfirió a doña JAVIERA PAULINA SOLANO SERON, el cien por ciento de su participación en la sociedad, que corresponde al cincuenta por ciento de participación en el capital social, quien compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de esta venta y cesión fue la suma de quinientos mil pesos, que doña JAVIERA PAULINA SOLANO SERON, pagó en ese acto, en dinero efectivo, a la vendedora y cedente, y que ésta declaró recibir a su entera satisfacción. En consecuencia, quedaron desde ese momento como únicos socios de la compañía don RICARDO LUIS SOLANO LOPEZ y doña JAVIERA PAULINA SOLANO SERON. Por acto de escritura, los únicos socios acordaron modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: OBJETO: Dentro del objeto social se agrega o incorpora la prestación de servicios de enfermería. CAPITAL: El capital social es la suma de un $1.000.000, en el cual participan: Uno) Don RICARDO LUIS SOLANO LOPEZ, con la suma de quinientos mil pesos, que equivale a un cincuenta por ciento de participación en el capital social. Dos) Doña JAVIERA PAULINA SOLANO SERON con la suma de quinientos mil pesos, que equivale a un cincuenta por ciento de participación en el capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 01 de abril de 2026.