Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2026
- Repertorio
- 5221-2026
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la explotación de cafeterías, restaurantes y establecimientos gastronómicos en general, mediante la elaboración, preparación y comercialización de toda clase de alimentos, bebidas calientes y frías, productos de pastelería, repostería y otros productos alimenticios, para consumo en el local, para llevar o mediante sistemas de despacho a
Administración
La administración y el uso de la razón social le corresponderá a doña DIANA VICTORIA NADEAU OLIVARES, quien actuando conjuntamente con doña CATALINA PAZ ZAPATER ALVARADO o ANDRÉS CAMILO ULLOA ALVARADO, actuarán con las facultades indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de abril de 2026, bajo el repertorio N° 5221-2026 ante mí, DIANA VICTORIA NADEAU OLIVARES, con domicilio en Carlos XII número ciento veinte, departamento 1601A , comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña CATALINA PAZ ZAPATER ALVARADO, y don ANDRÉS CAMILO ULLOA ALVARADO, ambos con domicilio en Diego de Almagro número 4765, departamento 125, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Razón social: “COMERCIAL ZUN LIMITADA” pudiendo actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas bajo dicha denominación, pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “ZUN LIMITADA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer, en el país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación de cafeterías, restaurantes y establecimientos gastronómicos en general, mediante la elaboración, preparación y comercialización de toda clase de alimentos, bebidas calientes y frías, productos de pastelería, repostería y otros productos alimenticios, para consumo en el local, para llevar o mediante sistemas de despacho a domicilio. Asimismo, podrá dedicarse a la compra, venta, importación, exportación, distribución, representación y comercialización en general de toda clase de bienes muebles, mercaderías, productos e insumos, sean estos alimenticios o no, al por mayor y al por menor. Igualmente, la sociedad podrá desarrollar actividades relacionadas con la representación de marcas, franquicias, consignaciones, corretaje, almacenamiento, transporte, distribución y logística de productos, así como la prestación de toda clase de servicios vinculados al comercio, la gastronomía y la atención de público. Además, podrá explotar marcas comerciales, realizar actividades de marketing, publicidad y promoción, organizar eventos, capacitaciones y asesorías relacionadas con su giro; y en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital: El capital inicial de la sociedad será la suma de dos millones de pesos, que los socios enteran de la siguiente forma: a) doña DIANA VICTORIA NADEAU OLIVARES, dueña, partícipe y titular del cincuenta por ciento del haber social, equivalente a la suma de un millón de pesos, monto que paga al contado, en este acto y en dinero efectivo; b) doña CATALINA PAZ ZAPATER ALVARADO, dueña, partícipe y titular del veinticinco por ciento del haber social, equivalente a la suma de quinientos mil pesos, monto que paga al contado, en este acto y en dinero efectivo; y c) don ANDRÉS CAMILO ULLOA ALVARADO, dueño, partícipe y titular del veinticinco por ciento del haber social, equivalente a la suma de quinientos mil pesos, monto que paga al contado, en este acto y en dinero efectivo. Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Administración: La administración y el uso de la razón social le corresponderá a doña DIANA VICTORIA NADEAU OLIVARES, quien actuando conjuntamente con doña CATALINA PAZ ZAPATER ALVARADO o ANDRÉS CAMILO ULLOA ALVARADO, actuarán con las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de abril de 2026.