CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Monge II SpA

RUT 2803173-4 CVE 2794549
Capital
$2.000.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de marzo de 2026
Notaría
La Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de marzo de 2026
Repertorio
7339-2026
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría La Santiago
Comuna
La Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Inversión por cuenta propia o terceros de toda clase bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, encomanditas, de responsabilidad limitada y por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, su adquisición, enajenación, arrendamiento, explotación, administración y la inversión, reinversión y capitalización de todos frutos civiles o mercantiles obtenidos en el ejercicio actividad y, en general, realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo al efecto realizar todo tipo inversiones tendientes al cumplimiento

Administración

La representación y administración de la sociedad le corresponderá al señor LUIS GUILLERMO FREDDY MONGE RIOS quien actuará como gerente y)o gerente de administración de la sociedad y en caso de incapacidad, fallecimiento, renuncia o revocación, asumirá la representación y administración de la sociedad MARIELA ALEJANDRA MONGE TAULER, quienes actuarán con amplias facultades indicadas en el artículo VIGÉSIMO QUINTO Título III

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD DE INVERSIONES MONTAU SpA socio 76782213-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaría La Santiago, con oficio en Huérfanos 941 oficina 302 Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 27 de marzo de 2026 bajo el repertorio 7339-2026, LUIS GUILLERMO FREDDY MONGE RIOS, C.I.: 2.803.173-4 quien actúa por si y en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES MONTAU SpA, RUT: 76.782.213-0 y MARIELA ALEJANDRA MONGE TAULER, C.I.: 10.382.174-6, todos domiciliados en calle Mariategui 2460, Providencia, Santiago, quienes constituyen una sociedad por acciones de acuerdo dispuesto artículos 424 y ss., Código de Comercio. RAZÓN SOCIAL: “Inversiones Monge II SpA”, podrá usar para efectos bancarios, comerciales y publicidad nombre “Inversiones Monge SpA”. OBJETO: Inversión por cuenta propia o terceros de toda clase bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, encomanditas, de responsabilidad limitada y por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, su adquisición, enajenación, arrendamiento, explotación, administración y la inversión, reinversión y capitalización de todos frutos civiles o mercantiles obtenidos en el ejercicio actividad y, en general, realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo al efecto realizar todo tipo inversiones tendientes al cumplimiento objeto social.- ADMINISTRACIÓN: La representación y administración de la sociedad le corresponderá al señor LUIS GUILLERMO FREDDY MONGE RIOS quien actuará como gerente y/o gerente de administración de la sociedad y en caso de incapacidad, fallecimiento, renuncia o revocación, asumirá la representación y administración de la sociedad MARIELA ALEJANDRA MONGE TAULER, quienes actuarán con amplias facultades indicadas en el artículo VIGÉSIMO QUINTO Título III.- CAPITAL: El capital de la sociedad es $2.000.000.000, dividido en 2.000 acciones, todas nominativas y de única serie, ordinarias y sin valor nominal, con valor unitario por cada acción de $1.000.000, cada una. Capital quedó totalmente suscrito y pagado. La forma y condiciones de pago del capital consta en el artículo segundo transitorio. DURACIÓN: Indefinida. - DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio domicilios especiales y oficinas, agencias o sucursales pueda establecer otras ciudades del país. No se insertan personerías por ser conocida de las partes y del notario que autoriza. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- En Santiago, 2 de abril de 2026.