MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO OPTICO HAMMERSLEY SpA

RUT 76572289-6 CVE 2793959
Fecha instrumento
5 de marzo de 2026
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2026
Repertorio
1197/2026
Notario
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
Oficio
Primera Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CENTRO OPTICO HAMMERSLEY SpA socio 76572289-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 05 de Marzo de 2026, ante mí, Repertorio Nº1197/2026, don GEORGE NEIL HAMMERSLEY KRAMER, chileno, óptico, casado y separado totalmente de bienes, C.I. 8.930.161-0; doña MARIA ANGELICA MALDONADO ALVEAR, chilena, factor de comercio, casada y separada totalmente de bienes, C.I. 9.529.153-8 quien comparece por sí y en representación de don LUKAS NEIL HAMMERSLEY MALDONADO, chileno, empresario, soltero, C.I. 19.599.397-1, todos los comparecientes domiciliados en calle Lientur 88, comuna de Chiguayante; los comparecientes en su calidad de únicos socios modificaron sociedad por acciones CENTRO OPTICO HAMMERSLEY SpA, R.U.T. 76.572.289-6, constituida el 09/05/2016 en la Notaría de la comuna de Concepción de doña María Eugenia Rivera González, su extracto fue inscrito a fojas 955 Vta., Nº836 en el Registro de Comercio de Concepción del año 2016, y publicado en el Diario Oficial el 16/05/2016. La sociedad fue modificada a) por escritura pública de fecha 05/06/2023, suscrita en la Notaría de Hualpén de don Ricardo Salgado Sepúlveda, y su extracto se inscribió a fojas 1182 Vta., Nº758 del Registro de Comercio del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, publicado en el Diario Oficial el 12/06/2023; y, b) por escritura pública de fecha 10/11/2023, suscrita ante el Notario Interino de la Notaria de la comuna de Hualpén de don Víctor Toledo Machuca, cuyo extracto se inscribió a fojas 2195 Vta., Nº1974 del Registro de Comercio del 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, y publicado el 07/12/2023. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, acordaron lo siguiente: Por este acto los comparecientes vienen en rectificar y aclarar la escritura pública individualizada en la letra b) de la cláusula anterior. La aclaración y rectificación lo es respecto de la Cláusula Segunda de la referida escritura que señala, a la letra “ SEGUNDO: Por este acto los comparecientes en su calidad de únicos accionistas de la sociedad individualizada en la cláusula precedente acuerdan modificar la administración de la sociedad, contenida en el TITULO TERCERO, artículo DECIMO, designando como administrador, en reemplazo de doña MARIA ANGELICA MALDONADO ALVEAR y don LUKAS NEIL HAMMERSLEY MALDONADO, a don GEORGE NEIL HAMMERSLEY MALDONADO, todos ya individualizados en la comparecencia, quien la representará con todas y cada una de las facultades que se señalan en el artículo DECIMO del Estatuto Social. Esta designación deberá anotarse al margen de la inscripción social.” La aclaración y rectificación consiste en que en dicha cláusula: a) el nuevo administrador no es designado en reemplazo de los otros dos administradores, sino como único y nuevo administrador de la sociedad, y b) el nombre correcto del nuevo administrador es GEORGE NEIL HAMMERSLEY KRAMER y no como erróneamente se consignó en la escritura previamente referida, como GEORGE NEIL HAMMERSLEY MALDONADO. TERCERO: En virtud de los precedentemente se aclara y rectifica la Cláusula Segunda, reproducida en la cláusula anterior, la que queda, en definitiva, con la siguiente redacción: “SEGUNDO: Por este acto, los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad individualizada en la cláusula precedente, acuerdan modificar la administración de la sociedad, contenida en el TITULO TERCERO, artículo DECIMO, designando como nuevo y único administrador de la sociedad, a don GEORGE NEIL HAMMERSLEY KRAMER, quien la representará con todas y cada una de las facultades que se señalan en el artículo DECIMO del Estatuto Social. Esta designación deberá anotarse al margen de la inscripción social.” En todo lo no modificado por este instrumento se mantienen íntegramente vigentes los estatutos de la referida sociedad.- CONCEPCION, 06 de Abril de 2026.