CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

RADAL CORREDORES DE SEGUROS SpA

RUT 17356353-1 CVE 2793483
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de marzo de 2026
Notaría
Viña del Mar con asiento en Reñaca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2026
Repertorio
1080/2026
Notario
MARCOS ANDRES DIAZ LEON
Oficio
Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
Comuna
Viña del Mar con asiento en Reñaca

Sociedad

N. fantasía
“RADAL CORREDORES DE SEGUROS” o “RADAL SEGUROS” o “RADAL”
Capital
$1.000.000 CLP
Duración
La Sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOSÉ FRANCISCO SOUSA SILVA y a don BENJAMÍN TRAVIESA LUCCHINI, quienes actuando individual e indistintamente uno cualesquiera de ellos, quienes podrán actuar y representar a la Sociedad con las facultades señaladas en dicha escritura. Limitaciones: Los accionistas acuerdan que, para el ejercicio de las referidas facultades, cuyas operaciones consideradas individualmente, sean por un monto igual o superior a 500.- Unidades de Fomento, los Administradores deberán actuar conjuntamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifico: mediante escritura pública de hoy ante mí, Repertorio 1.080/2026, comparecen: /a/ JOSÉ TOMÁS DÍAZ ABARCA, cédula nacional de identidad número 17.356.353-1, domiciliado para estos efectos en calle Austria número 2182, departamento 503, comuna de Providencia, Región Metropolitana; /b/ JOSÉ FRANCISCO SOUSA SILVA, cédula nacional de identidad número 17.959.464-1, domiciliado para estos efectos en calle Los Estanques número 9565, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; c) BENJAMÍN TRAVIESA LUCCHINI, cédula nacional de identidad número 17.355.631-4, domiciliado para estos efectos en Central número 1127, casa 6, comuna de Concón, Región de Valparaíso; y, d) BENJAMÍN IGNACIO GONZÁLEZ GUERRERO, cédula nacional de identidad número 19.152.284-2, domiciliado para estos efectos en calle Sol y Mar número 210, departamento 62, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, constituyeron sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes del Título VII del Libro II del Código de Comercio y supletoriamente, en aquellas materias no reguladas por sus estatutos, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por sus estatutos. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: "RADAL CORREDORES DE SEGUROS SpA", nombre de Fantasía: “RADAL CORREDORES DE SEGUROS” o “RADAL SEGUROS” o “RADAL”. DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) La intermediación remunerada de contratos de Seguros Generales y Vida, la asesoría previsional prevista en el D.L. tres mil quinientos de mil novecientos ochenta y sus modificaciones posteriores, con cualquier entidad radicada en el País, incluyendo la asesoría amplia en la contratación de seguros y en la cobertura de riesgos de cualquier clase o naturaleza que sean; además la Sociedad podrá realizar cualquiera otra actividad que el o los accionistas acuerde, siempre y cuando no sea incompatible con la intermediación y corretaje de seguros o esté prohibida por las normativas que regulan a los corredores de seguros; b) la prestación de toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionada con el objeto social; c) la venta, asesoría, investigación, implementación y desarrollo de tecnologías, aplicaciones y/o softwares en materia de seguros; d) la realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y e) en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directamente con las anteriores. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOSÉ FRANCISCO SOUSA SILVA y a don BENJAMÍN TRAVIESA LUCCHINI, quienes actuando individual e indistintamente uno cualesquiera de ellos, quienes podrán actuar y representar a la Sociedad con las facultades señaladas en dicha escritura. Limitaciones: Los accionistas acuerdan que, para el ejercicio de las referidas facultades, cuyas operaciones consideradas individualmente, sean por un monto igual o superior a 500.- Unidades de Fomento, los Administradores deberán actuar conjuntamente. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, aportado en la siguiente forma: JOSÉ TOMÁS DÍAZ ABARCA, suscribe y paga en mismo acto de escritura 28.125.- acciones en la suma de $281.250.- JOSÉ FRANCISCO SOUSA SILVA, suscribe y paga en mismo acto de escritura 28.125.- acciones en la suma de $281.250.- BENJAMÍN TRAVIESA LUCCHINI, suscribe y paga en mismo acto de escritura 28.125.- acciones en la suma de $281.250.- BENJAMÍN IGNACIO GONZÁLEZ GUERRERO, suscribe y paga en mismo acto de escritura 15.625.- acciones en la suma de $156.250.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 25 de marzo de 2026.