Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2026
- Repertorio
- 3439/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Administración
La sociedad será administrada por un administrador, quien actuando de forma personal e individualmente, o a través de uno o más apoderados especialmente designado por éste, mediante escritura pública, la que no será necesario anotar al margen de la inscripción en los Registros correspondientes, la representará judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, y estará investido asimismo de todas las facultades de administración y disposición que la ley y el presente estatuto le otorgan
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 18/03/2026, Repertorio 3.439/2026, ante mi, doña DANIELA MACARENA MOYA SARTORI, chilena, abogada, casada en participación en los gananciales, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos ochenta mil ciento veintidós guion tres, en representación de don HAROLD JEFERSON SOTOMAYOR SALAZAR, peruano, soltero, empresario, RUT de inversionista número cuarenta y ocho millones doscientos veinticinco mil cuatrocientos guion cuatro, domiciliado en Avenida José Gálvez Barrenechea número doscientos, Departamento ciento dos, Urbanización El Palomar Norte, Distrito de La Victoria, Provincia y Departamento de Lima, Perú, en la representación que inviste constituye una sociedad por acciones, en los siguientes términos: Razón social: “PAY LATAM SpA” pudiendo funcionar con el nombre de fantasía para todos los efectos legales “PAYMENT LATAM SpA”. Objeto El objeto de la sociedad será exclusivamente prestación de servicios de iniciación de pagos (PSIP) mediante la operación de transferencias bancarias y la realización de todas las demás actividades y operaciones inherentes o complementarias que autorice la Comisión para el Mercado Financiero, así como las actividades necesarias para el desarrollo de su objeto tales como la autorización y registro de transacciones efectuadas con las tarjetas que opere, la provisión de plataformas o canales electrónicos para el funcionamiento o la afiliación de establecimientos comerciales ya sea a nombre propio o en calidad de mandatario. - Domicilio: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero Administración: La sociedad será administrada por un administrador, quien actuando de forma personal e individualmente, o a través de uno o más apoderados especialmente designado por éste, mediante escritura pública, la que no será necesario anotar al margen de la inscripción en los Registros correspondientes, la representará judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, y estará investido asimismo de todas las facultades de administración y disposición que la ley y el presente estatuto le otorgan. Capital: 3.000.000, dividido en 3.000 acciones, de igual valor cada una, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan por el accionista de la forma que se establece en la escritura. Duración: Indefinida. El accionista limita responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Se nombra como administrador de la sociedad para que actúe en los términos señalados en estos estatutos a don HAROLD JEFERSON SOTOMAYOR SALAZAR, ya individualizado, quien de forma individual y personalmente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas el presente estatuto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 18 de Marzo 2026.