LOGISTICA Y TRANSPORTE BULL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2026
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LOGISTICA Y TRANSPORTE BULL LIMITADA | socio | 76285141-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49ª Notaría de Santiago, con domicilio en Hermanos Amunátegui 73, comuna de Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 18 de marzo 2026, Rep 4.641-26 otorgada ante mí, comparecieron: CLAUDIO HECTOR VALVERDE, PAULO DANIEL AZZOLINA, VIRGINIA ESTEFANIA CERVAN SALCEDO y ADRIAN HECTOR ALBERTO CERVAN SALCEDO, todos Juarez Larga 625, depto. 403, comuna de Recoleta, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada, LOGISTICA Y TRANSPORTE BULL LIMITADA, RUT 76.285.141-5, inscrita a fojas 4275 No. 2312 Registro de Comercio de Santiago, año 2020, sentido que: a) Se retira de la sociedad CLAUDIO HECTOR VALVERDE, y vende, cede y transfiere a ADRIAN HECTOR ALBERTO CERVAN SALCEDO, quien compra, adquiere y acepta para sí, el total de los derechos sociales que le pertenecen al cedente, correspondiente al 99% del total de los derechos sociales, en $2.000.000, pagados en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente recibir conforme y a su entera satisfacción; y b) Se retira de la sociedad PAULO DANIEL AZZOLINA, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, correspondiente al 1% del total de los derechos sociales, a VIRGINIA ESTEFANIA CERVAN SALCEDO, quien compra, acepta y adquiere para sí, en $500.000, pagados en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente recibir conforme y a su entera satisfacción. De esta forma, la sociedad LOGISTICA Y TRANSPORTE BULL LIMITADA queda compuesta por ADRIAN HECTOR ALBERTO CERVAN SALCEDO, con el 99% del total de los derechos sociales, y VIRGINIA ESTEFANIA CERVAN SALCEDO, con el 1% del total de los derechos sociales, quienes modifican el pacto social en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social quedará radicada en ADRIAN HECTOR ALBERTO CERVAN SALCEDO y VIRGINIA ESTEFANIA CERVAN SALCEDO quienes actuando indistinta y separadamente, dispondrá de todas y cada una de las facultades que se señalan en la cláusula Cuarto del contrato constitutivo.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 31 de marzo 2026.