Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2026
- Notario
- ALEX PEREZ DE TUDELA VEGA
- Domicilio
- San Felipe
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- San Felipe
- Duración
- 10 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales de 5 años, en la forma convenida en pacto social
Objeto social
La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y en general toda actividad relacionada, directa o indirectamente, con el
Administración
Corresponderá a doña KAREM ANDREA GUERRA POGGI, con facultades indicadas en el ARTICULO QUINTO de los estatutos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Prov. de San Felipe | socio | 15059764-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEX PEREZ DE TUDELA VEGA, Notario Público de San Felipe, Titular, con oficio en calle Prat N°106, San Felipe, certifico: Por escritura pública de 30 de Marzo de 2026, otorgada ante mí, doña KAREM ANDREA GUERRA POGGI, chilena, soltera, trabajadora, domiciliada en calle Las Palmeras N°102, Villa Los Aromos, Comuna de Santa María, Prov. de San Felipe, CNI N°15.059.764-1, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Razón Social: INMOBILIARIA POGGI SpA.- Domicilio: San Felipe, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del pais o extranjero.- - Duración: 10 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales de 5 años, en la forma convenida en pacto social.- Objeto: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y en general toda actividad relacionada, directa o indirectamente, con el objeto social. Capital: $15.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que accionista KAREM ANDREA GUERRA POGGI, suscribe de la siguiente forma: a) con $2.000.000, de contado en dinero efectivo que se entera en caja social; y, b) El resto de $13.000.000, que se enterará, en el plazo de 5 años contados desde la fecha de este instrumento, a medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero efectivo y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales. Administración: Corresponderá a doña KAREM ANDREA GUERRA POGGI, con facultades indicadas en el ARTICULO QUINTO de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- San Felipe, 30 de Marzo de 2026.