MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL Y MECANICA JAIME ENRIQUE REYES GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76225232-5 CVE 2793313
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2026
Repertorio
1744-2012
Notario
otorgada ante Fernando Salazar Sallorenzo
Domicilio
Curicó. Extracto fue publicado Diario Oficial

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Duración
5 años completos, a partir fecha de suscripción escritura, entendiéndose que vigencia se renovará, tácita y sucesivamente períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, manifestando voluntad mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación, a lo menos, de tres meses de antelación al vencimiento del respectivo período

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE MESSEN CONCHA, Notario Curicó, Estado 280, Certifica: Por escritura pública, suscrita ante MARIA OLGA ROJAS TREJO, Notario suplente de esta Notaría, con fecha 06 de febrero de 2026, JAIME ENRIQUE REYES GONZALEZ, casado, mecánico, domiciliado Calle Santa Fe 1671, Curicó, y CLAUDIO MARCEL REYES GONZALEZ, casado, jubilado, domiciliado Calle 12 de Octubre N°806, Villa Rauco, Comuna de Curicó, transformaron sociedadtransformaron sociedad “COMERCIAL Y MECANICA JAIME ENRIQUE REYES GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, constituida escritura pública 06 de septiembre de 2012, Repertorio 1744-2012, otorgada ante Fernando Salazar Sallorenzo, Notario Público Curicó. Extracto fue publicado Diario Oficial, con fecha 12 septiembre 2012 en Edición Nº 40.361, y se inscribió a fojas 1308 vta Nº804, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Curicó, 25 de septiembre de 2012.- Transformación.- Jaime Enrique Reyes González, transforma la naturaleza jurídica de empresa, de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad de Responsabilidad Limitada, ingresando a la misma don Claudio Marcel Reyes González. Cesión de Derechos.- Jaime Enrique Reyes González, calidad único socio de empresa COMERCIAL Y MECANICA JAIME ENRIQUE REYES GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, vende, cede y transfiere el uno por ciento (1%) totalidad de acciones y derechos en la sociedad, a Claudio Marcel Reyes González, quien compra, acepta y adquiere para sí. Precio de la cesión $60.000.- (Sesenta mil pesos), se paga, al contado y en dinero efectivo. Derechos sociales quedan distribuidos: JAIME ENRIQUE REYES GONZÁLEZ, con el 99% capital social y nuevo socio, CLAUDIO MARCEL REYES GONZALEZ, con el 1% capital social. DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- Nombre o razón social: “SOCIEDAD COMERCIAL REYES GONZALEZ LIMITADA”, pudiendo utilizarse como nombre de fantasía todos los efectos legales, incluso ante Bancos y demás instituciones, "COMERCIALIZADORA REYES GONZALEZ LTDA". El domicilio será la ciudad de Curicó; sin perjuicio agencias o sucursales, en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la empresa será: A) La compra, venta e importación de repuestos, lubricantes, aceites y grasas, neumáticos, herramientas, baterías y accesorios de vehículos automotrices; B) la reparación, mantención, lubricación, limpieza y lavado, desabolladura, recauchaje, vulcanización, engrase, pintura y servicios mecánicos y eléctricos de vehículos motorizados; C) la compra, venta, importación, distribución, consignación o intermediación de vehículos motorizados, tanto nuevos como usados; D) el arriendo o alquiler – rent a car - para fines turísticos o laborales de todo tipo de vehículos motorizados; E) La representación de marcas o de empresas distribuidoras de vehículos motorizados; y, cualquier otra actividad relacionada con vehículos motorizados, que el constituyente determine.- F) La explotación apícola en general.- F1) La compra y venta de insumos apícolas y relacionados con la explotación y producción, así como la importación de insumos apícolas o relacionados con la apicultura, ya sea por cuenta propia o de terceros.- F2) La fabricación o comercialización de materiales y productos destinados a la apicultura o agricultura.- F3) La compra y venta, dar o tomar en arrendamiento de colmenas, abejas y sus productos.- F4) La importación, exportación, compra y venta de miel, colmenas y productos destinados a la apicultura, ya sea por cuenta propia o de terceros.- F5) Otorgar servicios de polinización, prestar asesorías en apicultura, o en su producción o cualquier otra que tengan relación con la explotación apícola directa o indirectamente ya sea por cuenta propia o de terceros; G) La instalación, administración, intermediación y/o arrendamiento, construcción y operación de estacionamientos de vehículos, ya sean públicos o privados; H) el servicio de lavado de vehículos motorizados y prestación de otros servicios de vehículos, I) todo lo que en la actualidad o en el futuro esté relacionado con guardar, conservar, cuidar, o estacionar vehículos, maquinarias y otros; J) Arrendamiento de una amplia gama de maquinaria pesada y equipos destinados principalmente a actividades de construcción, ingeniería civil y obras afines; K) Y, en general, la celebración de todo tipo de contratos relativos a actividad conexa o relacionada, con cada una de las actividades comprendidas en el objeto social, que los socios acuerden.- La administración, la representación y el uso de la razón social, le corresponderá al socio, JAIME ENRIQUE REYES GONZALEZ, debiendo, todo caso, anteponer a su firma personal la razón social, amplias facultades. Capital sociedad $6.000.000.- que los socios aportan: A) El socio JAIME ENRIQUE REYES GONZALEZ, aporta $5.940.000.- equivalente al 99% del capital social, que el socio enteró y pagó, con anterioridad a esta fecha.- B) El socio CLAUDIO MARCEL REYES GONZALEZ, aporta en dinero efectivo, la suma de $60.000.- equivalente al 1% capital social.- Queda enterado capital social.- Duración: 5 años completos, a partir fecha de suscripción escritura, entendiéndose que vigencia se renovará, tácita y sucesivamente períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, manifestando voluntad mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación, a lo menos, de tres meses de antelación al vencimiento del respectivo período.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 02 ABRIL 2026.