MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Ursa Group SpA

RUT 77227254-5 CVE 2792840
Capital
$1.025.230 CLP
Fecha instrumento
23 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de marzo de 2026
Repertorio
6741/2026
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.025.230 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

(i) La prestación de servicios de Asesorías de Inversión de conformidad con los artículos tercero numeral dos y artículo sexto de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno; (ii) La administración de recursos de terceros, comprendiendo la constitución, administración y liquidación de fondos de inversión privados, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley veinte mil setecientos doce, su reglamento y demás normativa aplicable y, desarrollar cualquiera otra actividad complementaria a estas; y (iii) La administración de recursos de personas y entidades para su inversión en contratos, instrumentos o productos financieros

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad URSA GROUP SpA socio 77227254-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada ante notario suplente Natalia Alejandra Burgos Flores, con fecha 23 de marzo de 2026, bajo el repertorio N° 6741/2026, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad URSA GROUP SpA, Rol Único Tributario N°77227254-5, sociedad inscrita a fojas 45135 número 21498 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 16 de enero de 2026, en la cual sus únicos accionistas: NIGO PARTNERS SpA, rol único tributario número 77125536-1, domiciliada en Apoquindo 2930, oficina 201, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; SOCIEDAD DE INVERSIONES ALTAIR LIMITADA, rol único tributario número 77353810-7, domiciliada en Camino Lonquén Norte, parcela 4, comuna de Calera de Tango, Santiago; AGRONAVIS SpA, rol único tributario número 77626404-0, domiciliada en Antonio Varas 2255, departamento 714, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana; SERVICIOS NEWEN LIMITADA, rol único tributario número 76308402-7, domiciliada en La Concepción 191, cuarto piso, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana; y SERVICIOS CURITIBA LIMITADA, rol único tributario número 76031095-6, domiciliada en La Concepción 191, cuarto piso, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana (en adelante, todos los accionistas conjuntamente, los “Accionistas”), acordaron lo siguiente: a) Transformar la sociedad URSA GROUP SpA en una sociedad anónima cerrada, modificando además su razón social por URSA GROUP S.A. b) Ampliar el objeto social; y c) Otorgar un texto refundido de los estatutos sociales. En virtud de lo anterior, se extracta lo siguiente: Razón Social: “URSA GROUP S.A.” Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Objeto: (i) La prestación de servicios de Asesorías de Inversión de conformidad con los artículos tercero numeral dos y artículo sexto de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno; (ii) La administración de recursos de terceros, comprendiendo la constitución, administración y liquidación de fondos de inversión privados, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley veinte mil setecientos doce, su reglamento y demás normativa aplicable y, desarrollar cualquiera otra actividad complementaria a estas; y (iii) La administración de recursos de personas y entidades para su inversión en contratos, instrumentos o productos financieros. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.025.230.000 (mil veinticinco millones doscientos treinta mil pesos), dividido en 7.692 (siete mil seiscientas noventa y dos) acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 6.000 (seis mil) acciones corresponden a la Serie A, y 1.692 (mil seiscientas noventa y dos) acciones corresponden a la Serie Preferente B. Todas las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Derechos y Preferencias de las Acciones Serie Preferente B: Las acciones de la Serie B, en adelante también denominadas las “Acciones Preferentes Serie B” o “Acciones Serie B”, tendrán los siguientes derechos o preferencias: I. Derecho de anti-dilución. En el evento que la Sociedad emita nuevos instrumentos representativos de capital, incluyendo Acciones, deuda convertible, opciones u otros, y que esta emisión sea a un precio inferior al de colocación de alguna de sus Acciones Preferentes Serie B (“Emisión Dilutiva”); entonces la Sociedad deberá emitir una cantidad de Acciones Preferentes Serie B y repartirlas liberadas de pago entre los titulares de Acciones Preferentes Serie B cuyo precio de suscripción haya sido a un precio superior al de la Emisión Dilutiva, según su prorrata en dicha serie preferente. El presente derecho tendrá una duración máxima de tres años contados desde la suscripción de las Acciones Preferentes Serie B respectivas. La cantidad de acciones a emitir por esta preferencia se determinará de conformidad con la siguiente fórmula y cuyo resultado, en caso de contener fracciones de acciones, deberá redondearse hacia el entero siguiente: CP DOS = [CP UNO * (A más B)] / (A más C). Donde: “CP DOS” significa el precio de conversión vigente inmediatamente después de la nueva emisión. “CP UNO” significa el precio de conversión vigente inmediatamente antes de la nueva emisión. “A” significa el número de Acciones Ordinarias en circulación inmediatamente antes de la nueva emisión (incluye todas las Acciones Ordinarias en circulación, todas las Acciones Preferentes Serie B en circulación, consideradas como convertidas, y todas las opciones pendientes de ejercicio, incluyendo acciones reservadas en el pool de opciones, consideradas como ejercidas, pero no incluye valores convertibles en esta ronda de financiación). “B” significa el precio total recibido por la nueva emisión, dividido por el CP UNO.“C” significa el número de acciones emitidas en la transacción. Las siguientes emisiones no gatillarán el ajuste anti-dilución: (i) Valores a emitir tras la conversión de Acciones Preferentes, o en forma de dividendo o distribución por Acciones Preferentes; (ii) Valores emitidos en la conversión de cualquier obligación, autorización, opción u otro título convertible; (iii) Acciones Ordinarias que se emitan tras una división de acciones, dividendos en acciones o cualquier subdivisión de Acciones Ordinarias; y (iv) Acciones Ordinarias (u opciones de compra de Acciones Ordinarias) emitidas o que se pueden emitir a los empleados o directores de la Sociedad de acuerdo con un plan aprobado por el Directorio de la Sociedad. II. Conversión voluntaria de las acciones preferentes. Las Acciones Preferentes Serie B se convertirán en una proporción uno a uno en Acciones Ordinarias en cualquier momento a opción del Accionista Titular de dichas Acciones Preferentes Serie B, sujeto a ajustes por dividendos de acciones, divisiones, combinaciones y eventos similares. Todo según lo descrito en las normas anti-dilución descritas en el punto (i) anterior. La preferencia establecida en esta cláusula tendrá vigencia mientras existan Acciones Preferentes Serie B en circulación. III. Preferencia ante un “Evento de Liquidación”. En el caso de un Evento de Liquidación o un Evento de Liquidez, de acuerdo con la definición indicada en el Pacto de Accionistas de la Sociedad, los Accionistas Titulares de las Acciones Preferentes Serie B podrán optar por: (i) recibir el monto proporcional que les pertenece conforme a su participación accionaria; o (ii) recibir el precio de suscripción de las acciones de su dominio en conjunto con los dividendos no pagados y acumulados por la Sociedad en su favor (“one x liquidation preference”). Después de llevar a cabo la Liquidación Preferente de la Serie B, los Accionistas Titulares de las demás Acciones tendrán derecho a recibir igual a un punto cero x veces el Precio por Acción de sus acciones, más los dividendos declarados y no pagados. La preferencia establecida en esta cláusula tendrá vigencia mientras existan Acciones Preferentes Serie B en circulación. IV. Most Favored Nation. En caso que, con posterioridad a la suscripción de las Acciones Preferentes Serie B, la Sociedad emita valores convertibles en condiciones más beneficiosas que las actuales, los Accionistas Titulares de Acciones Preferentes Serie B podrán optar a que se les igualen dichas condiciones. La Sociedad deberá emitir a dichos accionistas acciones liberadas de pago en la cantidad necesaria para garantizar su porcentaje de participación accionaria previo a dicha emisión. La presente cláusula tendrá una duración de tres años a contar del 26 de mayo de 2025. V. Derecho de Información. La Sociedad deberá entregar trimestralmente a todos los Titulares de Acciones Preferentes Serie B, informes financieros, de gestión, comercial y legal de la Sociedad que fuere materialmente relevante, con excepción de aquella relativa a la investigación y desarrollo llevada a cabo por la Sociedad, sus sistemas de inversión, códigos, algoritmos y cualquier otra información que, por su naturaleza, sea estratégica o sensible (en adelante la “Información Relevante”), sin perjuicio del derecho de solicitud en otra oportunidad de los Titulares de Acciones Preferentes Serie B, siempre que no impida ni dificulte la marcha de los negocios de la Sociedad. La preferencia establecida en esta cláusula tendrá vigencia mientras existan Acciones Preferentes Serie B en circulación. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2026.