MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS TURISTICOS HCA SpA

RUT 76558635-6 CVE 2792975
Fecha instrumento
26 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de marzo de 2026
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
HCA CHILE S.A socio 96871080-K
SERVICIOS TURISTICOS HCA SpA socio 76558635-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogada, notario público, suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2026, ante mí, REP. N° 3.132/2026: la sociedad HCA CHILE S.A., RUT N° 96.871.080-k, declara que, en su calidad de única y total accionista de la sociedad SERVICIOS TURISTICOS HCA SpA, RUT N° 76.558.635-6, inscrita a fojas 22.836 N° 12.698 del Registro de Comercio de Santiago del año 2016, modificó la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, modificando el Artículo Décimo Séptimo del Estatuto Social, el cual se reemplazó por el siguiente: “Artículo Décimo Séptimo: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá, en forma separada e independiente a cada uno de los señores, DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, cédula de identidad número 18.393.573-9 y MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, cédula de identidad número 10.538.374-6, quienes, en la forma indicada, y anteponiendo su firma a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran en el Artículo Décimo Octavo del Estatuto Social, no siendo necesario acreditar ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social.”. Las facultades que se confieren para administrar, representar y usar la razón social de la sociedad en las formas y condiciones ya indicadas, serán las que se indican en el Artículo Décimo Octavo del Estatuto Social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 1 de abril de 2026.