INVERSIONES E INMOBILIARIA DOÑA ALBERTINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2026
- Notario
- LUIS GONZALO ALI ARCAS
- Domicilio
- designado por Decreto Judicial del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad número ciento diecisiete guión dos mil veinticinco
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 3918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GONZALO ALI ARCAS, Abogado, Notario Público Interino, designado por Decreto Judicial del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad número ciento diecisiete guión dos mil veinticinco, de fecha veintidós de Abril de dos mil veinticinco, con domicilio en esta ciudad, calle Lautaro número trescientos veinticinco, oficinas cuatro y cinco, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don JUAN ITALO FABRICIO SAEZ ROJAS, chileno, casado, Ingeniero Civil Industrial, C.N.I. N° 15.613.279-9, con domicilio en kilómetro 12,7, camino a Cerro Colorado, de la ciudad de Los Angeles; y don RODOLFO MARCELINO BIZAMA ZAMBRANO, Chileno, soltero, Ingeniero civil Informático, C.N.I. N° 16.512.642-4, domiciliado en Pasaje Santo Domingo 374, de la ciudad de Angol, y de paso en ésta ciudad; Los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas, y exponen que vienen en constituir una sociedad de Responsabilidad Limitada, en conformidad con las disposiciones de la Ley 3918, de fecha 14 de Marzo de 1923, y sus modificaciones posteriores, las normas pertinentes del Código Civil y del Código de Comercio, en materia de sociedades y particularmente por las estipulaciones que se indican a continuación: El nombre o razón social de la empresa será “INVERSIONES E INMOBILIARIA DOÑA ALBERTINA LIMITADA”, la que también podrá actuar en la vida jurídica, incluso ante los Bancos y Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía de “DOÑA ALBERTINA LTDA”. El objeto de la sociedad será: a) La realización de todo tipo de inversiones en toda clase de bienes muebles, inmuebles y valores, b) La compra, venta y alquiler de inmuebles propios o arrendados; c) Sociedades de inversión y rentistas de capitales mobiliarios en general; d).- Las actividades inmobiliarias realizadas a cambio de retribución o por contrato; e).- Las actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados.- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Los Ángeles, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero. La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, a los demás socios, todo ello con anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. El capital social será la suma total de $60.000.000, que los socios enteran de la siguiente forma: Uno) Don JUAN ITALO FABRICIO SAEZ ROJAS, aporta el 99% del capital social, esto es la suma total de $59.400.000, que el socio entera con el aporte en dominio de los siguientes bienes: UNO: Con La NUDA PROPIEDAD del inmueble denominado Santa Margarita, que corresponde a la Hijuela número ocho, ubicado en el lugar La Capilla, de la comuna de Los Angeles, que según el Plano que se encuentra archivado al final del Registro de Propiedad del año 1986, bajo el número 601, tiene una superficie aproximada de siete coma ochenta hectáreas y deslinda: NORTE, hijuela número siete, lote a de Rudecindo Poblete Manosalva, separado por cerco; ESTE, hijuela número nueva de María Jovita Poblete Manosalva, separada por cerco; SUR, hijuela número cuatro lote b de Hernán Poblete Manosalva, separado por cerco; OESTE, Fundo Vigo de sucesión Carlos Kulenkampff, separado por cerco. Para los efectos de las contribuciones a los bienes Raíces, la propiedad figura bajo el rol de avalúo de la ciudad de Los Angeles, bajo el número 1525-163, y se encuentra exenta del pago de Contribuciones a los Bienes Raíces, según certificado que se tuvo a la vista. La nuda propiedad del inmueble señalado a nombre del compareciente, se encuentra inscrito a fojas 7247, número 5679, del Registro Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Angeles, correspondiente al año 2024. De común acuerdo, los socios comparecientes reconocen y declaran expresamente que tasan y evalúan la NUDA PROPIEDAD del inmueble que se aporte en el presente instrumento, en la suma única y total de $50.000.000, que corresponde a su valor comercial; y DOS: Las TOTALIDAD DE LAS ACCIONES Y DERECHOS, en el Lote B que formó parte de la hijuela número Cinco, del predio denominado el Parrón, ubicado en el lugar La Capilla, de la comuna de Los Angeles, que de acuerdo al plano y demás antecedentes que corren archivados al final del Registro de Propiedad del año mil novecientos ochenta y seis, con el número seiscientos, tiene una superficie de cuatro coma sesenta hectáreas y los siguientes deslindes: NORTE, hijuela número siete lote b de Rudecindo Poblete Manosalva, separado por cerco; ESTE, camino vecinal que lo separa de fundo San Luis de Juan Mateo; SUR, hijuela numero dos lote b de Luis Gustavo Poblete Manosalva, separado por cerco; OESTE, fundo Vigo de sucesión Carlos Kulenkampff, separado por cerco.- La propiedad figura bajo el rol de avalúo de la ciudad de Los Angeles, bajo el número 1525- 178, y se encuentra exenta del pago de contribuciones a los bienes raíces, según certificado que se ha tenido a la vista. La totalidad de los derechos y acciones señalados a nombre del socio compareciente, se encuentran inscritos a fojas 10261, número 6710, del Registro Propiedad del Conservador Bienes Raíces de Los Angeles, correspondiente al año 2025. De común acuerdo, los socios comparecientes reconocen y declaran expresamente que tasan y evalúan la TOTALIDAD DE LOS DERECHOS Y ACCIONES del inmueble que se aporte en el presente instrumento, en la suma única y total de $9.400.000, que corresponde al valor comercial de dichos derechos y acciones. Dos): El socio don RODOLFO MARCELINO BIZAMA ZAMBRANO, aporta el 1% del capital social, esto es, la suma de $600.000, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, los que ingresan a la caja social.- La administración y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente en el socio don JUAN ITALO FABRICIO SAEZ ROJAS, quien podrá actuar en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo su respectiva firma a la razón social, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, en toda clase de actos y contratos, sin que la enumeración que sigue importe limitaciones de ninguna especie. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás antecedentes en escritura extractada.-Los Angeles, 20 de Marzo de 2026.