Transportes Manquecura SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2024
- Repertorio
- 531
- Notario
- Gonzalo Jesús Montane Wenzel
- Oficio
- Notaria de Cañete
- Comuna
- Cañete
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| TRANSPORTES MANQUECURA SpA | socio | 78351733-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGonzalo Jesús Montane Wenzel, Abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Cañete, con oficio en calle Segundo de Línea novecientos doce, comuna de Cañete, certifica: Que por escritura de fecha 31 de marzo de 2024, Repertorio N°531, de este oficio, compareció don GUSTAVO ALBERTO HUILIPAN CARRILLO, chileno, casado y separado de bienes, comerciante, C.I. N°7.919.967-2; don GUSTAVO RAUL HUILIPAN SAAVEDRA, chileno, soltero, tornero mecánico, C.I. N°15.658.647-1 y don JHON JAIRO HUILIPÁN SAAVEDRA, chileno, soltero, estudiante, C.I.N°21.529.472-2, todos domiciliados en Lleu-LLeu número quinientos veinte, de la ciudad y comuna de Contulmo, quienes en su calidad de únicos socios, de la sociedad TRANSPORTES MANQUECURA SpA, RUT N°78.351.733-7, declararon que por no haberse enterado el aporte comprometido por don Gustavo Raul Huilipan Saavedra, el capital de la sociedad queda reducido al aporte efectivamente enterado y se retira dicho socio de la sociedad. Don GUSTAVO ALBERTO HUILIPAN CARRILLO aumentó el capital de la sociedad emitiendo 4.000 acciones, por un valor de $4.000.000.-. En consecuencia, se modificó la sociedad en cuanto al capital y su administración, modificando, en consecuencia la cláusula Quinta y cláusula Décima del acto de constitución social. La cláusula Quinta pasa a quedar como sigue: El capital de la sociedad será de $19.000.000.-, que se divide en 19.000 acciones nominativas, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital ha sido suscrito y pagado íntegramente por don Gustavo Alberto Huilipán Carrillo mediante la suscripción de 15.000 acciones, por un valor de$15.000.000.- y por don Jhon Jairo Huilipán Saavedra, mediante la suscripción de 4.000 acciones, por un valor de $4.000.000.-, habiendo sido enterado en la caja social. La cláusula Decima pasó a quedar como sigue: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Gustavo Alberto Huilipán Carrillo, C.I. N°7.919.967-2 y a don Jhon Jairo Huilipán Saavedra, C.I.N°21.529.472-2, en calidad de administradores y representantes legales de la sociedad, quienes anteponiendo su firma personal a la razón social, la obligarán y representarán judicial y extrajudicialmente, con las mas amplias facultades. En cuanto a las facultades de administración, se mantienen aquellas señaladas en el estatuto inicial de la sociedad. El acto de constitución social se encuentra inscrito a fojas 2 N°3 del Registro de Comercio del año 2024 del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Cañete. Demás estipulaciones en escritura extractada. Cañete, 31 de marzo de 2026.