CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS AUTOMOTRICES ALTAMIRA SpA

RUT 8042923-1 CVE 2792265
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de febrero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de febrero de 2026
Repertorio
1048-2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Diez años, prorrogable de la forma señalada en la escritura
Ley aplicable
Ley N°20.190

Objeto social

Uno) La prestación de servicios mecánicos automotrices, tales como reparación mecánica de vehículos motorizados, desabolladura, pintura y tapicería, entre otros servicios; la compraventa de tales vehículos, sean estos nuevos o usados; la importación, exportación, representación, distribución, comercialización, fabricación, e instalación de toda clase de repuestos, piezas, partes, lubricantes, neumáticos, accesorios y demás relacionados para vehículos motorizados, así como de herramientas, maquinarias y equipos para la prestación de los servicios automotrices antes mencionados; y en general cualquier otro material u objeto que pueda ser utilizado para el apoyo directo o indirecto de este mismo objetivo, pudiendo realizar a este efecto todas las operaciones comerciales, industriales, administrativas, aduaneras y de cualquier índole, que tengan relación o conexión directa o indirecta con dicha actividad; Dos) Además, podrá realizar cualquier otra actividad que los socios acuerden emprender y que se relacione con el objeto del número anterior, y toda otra actividad que los socios acuerden, lo cual no será necesario acreditar ante terceros

Administración

La sociedad será administrada por la o las personas a quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con facultades señaladas en artículo quinto de estatutos sociales. Conforme artículo primero transitorio se designa administradora a doña MARÍA LUISA VILLOUTA VILA, quien podrá actuar de conformidad a artículo quinto de los estatutos sociales, sin necesidad de inscripción adicional por esta vez, por ser la primera designación que se hace en los mismos estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular de la 26ª Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, Repertorio 1048-2026, doña MARÍA LUISA VILLOUTA VILA, chilena, casada, factor de comercio, C.I. 8.042.923-1, domiciliada en Avenida Diez de Julio N°443, comuna de Santiago, constituyó sociedad por acciones de acuerdo a Ley N°20.190, sobre Mercado de Capitales Dos y N°18.046 sobre Sociedades Anónima. Nombre: “SERVICIOS AUTOMOTRICES ALTAMIRA SpA”, la que podrá usar como nombre de fantasía para todos los fines legales, bancarios, de publicidad y de propaganda alguna cualesquiera e indistintamente “ALTAMIRA SpA”. Objeto: Uno) La prestación de servicios mecánicos automotrices, tales como reparación mecánica de vehículos motorizados, desabolladura, pintura y tapicería, entre otros servicios; la compraventa de tales vehículos, sean estos nuevos o usados; la importación, exportación, representación, distribución, comercialización, fabricación, e instalación de toda clase de repuestos, piezas, partes, lubricantes, neumáticos, accesorios y demás relacionados para vehículos motorizados, así como de herramientas, maquinarias y equipos para la prestación de los servicios automotrices antes mencionados; y en general cualquier otro material u objeto que pueda ser utilizado para el apoyo directo o indirecto de este mismo objetivo, pudiendo realizar a este efecto todas las operaciones comerciales, industriales, administrativas, aduaneras y de cualquier índole, que tengan relación o conexión directa o indirecta con dicha actividad; Dos) Además, podrá realizar cualquier otra actividad que los socios acuerden emprender y que se relacione con el objeto del número anterior, y toda otra actividad que los socios acuerden, lo cual no será necesario acreditar ante terceros. Duración: Diez años, prorrogable de la forma señalada en la escritura. Domicilio: Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Capital: $30.000.000.- dividido en 30.000.000 de acciones nominativas de igual valor, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado parcialmente, conforme se indica en artículo segundo transitorio. Administración: La sociedad será administrada por la o las personas a quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con facultades señaladas en artículo quinto de estatutos sociales. Conforme artículo primero transitorio se designa administradora a doña MARÍA LUISA VILLOUTA VILA, quien podrá actuar de conformidad a artículo quinto de los estatutos sociales, sin necesidad de inscripción adicional por esta vez, por ser la primera designación que se hace en los mismos estatutos sociales. Demás estipulaciones se contienen en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2026. H. Quezada M.