INMOBILIARIA E INVERSIONES WEYS PROPERTY GROUP SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2026
- Repertorio
- 5554/2026
Sociedad
- Capital
- $186.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá renovado o prorrogado automática y sucesivamente por períodos de cinco años, si el o ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de poner término a la sociedad con seis meses de anticipación a lo menos a la fecha de expiración del plazo de vigencia de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración hecha al efecto por escritura pública de la cual se haya tomado razón o nota al margen de la inscripción social
Objeto social
A) La comercialización de toda clase de bienes corporales muebles y productos; B) Representaciones, explotación y registro de marcas nacionales o extranjeras, explotación a cualquier título y la compra y venta de marcas comerciales nacionales o internacionales, e intangibles especialmente C) Importación y exportación de toda clase de bienes, servicios y productos; D) Rentista e inversiones en bienes raíces y muebles, valores mobiliarios, acciones, debentures, pagarés, o instrumentos financieros de cualquier naturaleza, nacionales o internacionales y, percibir las rentas de éstas; y construir, comprar, vender, dar en arrendamiento, dar y recibir en pago, comercializar, lotear, urbanizar, enajenar y administrar por cuenta propia o ajena bienes raíces urbanos o rurales y de cualquier uso, aptitud o destino. E) Importación y exportación de toda clase de bienes, productos y servicios; Producción, fabricación, distribución y comercialización de todos tipo de productos comestibles, belleza, cosméticos, aseo, computación, tecnológicos y otros; Producción, fabricación, comercialización y distribución de todo tipo de productos; F) Ejecutar y realizar todo tipo de actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos antes indicados, y realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueran complementarias o anexas del giro y todas las actividades que la accionista o los accionistas acuerden de consuno
Administración
La sociedad será administrada por la accionista doña VERÓNICA ANDREA JARA GONZÁLEZ y por don JOSÉ LUIS LICUIME SALINAS ambos actuando indistintamente, quienes administrarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los contratos, actos y negociaciones que ella efectúe anteponiendo a su firma la razón social podrá ejecutar todos los actos y contratos en representación de la sociedad, siendo el segundo de ellos don JOSÉ LUIS LICUIME SALINAS quien detentará además la calidad de Gerente General de la sociedad también frente a terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNATALIA ALEJANDRA BURGOS FLORES, Notario Suplente de LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Titular 8ª Notaría de Santiago con domicilio Huérfanos 941 local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de Marzo de 2026 Repertorio N°5.554/2026 otorgada ante el Titular, VERÓNICA ANDREA JARA GONZÁLEZ chilena, casada y separada de bienes, Traductora e Intérprete de Inglés, domiciliada en calle Dublé Almeyda N° 3.639 casa 9, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, la compareciente mayor de edad quien acredita su identidad con la cédula respectiva y expone: constituyó sociedad por acciones bajo nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES WEYS PROPERTY GROUP SpA”. pudiendo utilizar como nombre de fantasía para efectos bancarios y comerciales “WEYS SpA”. Objeto será: La sociedad tendrá por objeto: A) La comercialización de toda clase de bienes corporales muebles y productos; B) Representaciones, explotación y registro de marcas nacionales o extranjeras, explotación a cualquier título y la compra y venta de marcas comerciales nacionales o internacionales, e intangibles especialmente C) Importación y exportación de toda clase de bienes, servicios y productos; D) Rentista e inversiones en bienes raíces y muebles, valores mobiliarios, acciones, debentures, pagarés, o instrumentos financieros de cualquier naturaleza, nacionales o internacionales y, percibir las rentas de éstas; y construir, comprar, vender, dar en arrendamiento, dar y recibir en pago, comercializar, lotear, urbanizar, enajenar y administrar por cuenta propia o ajena bienes raíces urbanos o rurales y de cualquier uso, aptitud o destino. E) Importación y exportación de toda clase de bienes, productos y servicios; Producción, fabricación, distribución y comercialización de todos tipo de productos comestibles, belleza, cosméticos, aseo, computación, tecnológicos y otros; Producción, fabricación, comercialización y distribución de todo tipo de productos; F) Ejecutar y realizar todo tipo de actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos antes indicados, y realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueran complementarias o anexas del giro y todas las actividades que la accionista o los accionistas acuerden de consuno. Capital: $186.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado en forma pactada artículo primero transitorio pacto social. Administración: La sociedad será administrada por la accionista doña VERÓNICA ANDREA JARA GONZÁLEZ y por don JOSÉ LUIS LICUIME SALINAS ambos actuando indistintamente, quienes administrarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los contratos, actos y negociaciones que ella efectúe anteponiendo a su firma la razón social podrá ejecutar todos los actos y contratos en representación de la sociedad, siendo el segundo de ellos don JOSÉ LUIS LICUIME SALINAS quien detentará además la calidad de Gerente General de la sociedad también frente a terceros. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá renovado o prorrogado automática y sucesivamente por períodos de cinco años, si el o ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de poner término a la sociedad con seis meses de anticipación a lo menos a la fecha de expiración del plazo de vigencia de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración hecha al efecto por escritura pública de la cual se haya tomado razón o nota al margen de la inscripción social. Domicilio: Santiago. Santiago, 19 de Marzo 2026.