CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA ARCANGELI SpA

CVE 2792318
Capital
$281.714.586 CLP
Fecha instrumento
30 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$281.714.586 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y, d) Todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente

Administración

La sociedad será administrada por uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas, cuya designación deberá anotarse al margen de la inscripción social. En caso de ser más de uno, la junta respectiva determinará si actuarán conjunta, separada o indistintamente. El o los administradores, actuando en la forma señalada y anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición de bienes necesarias para el cumplimiento del objeto social, sin necesidad de acreditar dichas facultades ante terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Isidora Goyenechea número 3477, piso 10, Las Condes, expongo: Por escritura pública de fecha veinticinco de marzo del año 2026, suscrita ante mí; MARISA LEDDA ARCANGELI CASARINO, chilena, casada y separada total de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número siete millones seiscientos diecisiete mil setecientos ocho guión dos, domiciliada en calle Vitacura número dos mil novecientos veintinueve, piso once, oficina mil ciento uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don MARCOS PATRICIO ARAYA ZAPATA, chileno, casado y separado total de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número nueve millones sesenta y siete mil doscientos sesenta y cinco guión siete, domiciliado calle Vitacura número dos mil novecientos veintinueve, piso once, oficina mil ciento uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; vienen en constituir una sociedad por acciones denominada “INMOBILIARIA ARCANGELI SpA”, cuyo estatuto es el siguiente: OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y, d) Todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en el resto del país o el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $281.714.586, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. El capital fue suscrito y pagado por los accionistas mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles, en la forma y proporción establecida en los artículos permanentes y transitorios de la escritura extractada. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas, cuya designación deberá anotarse al margen de la inscripción social. En caso de ser más de uno, la junta respectiva determinará si actuarán conjunta, separada o indistintamente. El o los administradores, actuando en la forma señalada y anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición de bienes necesarias para el cumplimiento del objeto social, sin necesidad de acreditar dichas facultades ante terceros. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 30 de marzo de 2026.