Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2026
- Repertorio
- 2356-26
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la adquisición, enajenación, administración y explotación de acciones, derechos sociales, bonos, instrumentos financieros, valores mobiliarios y toda clase de participaciones en sociedad o empresas, ya sea en Chile o en el extranjero. Además, la sociedad podrá invertir en proyectos inmobiliarios, industriales, comerciales o de servicios; participar en la constitución de nuevas sociedades; otorgar financiamiento a sociedades relacionadas; administrar inversiones propias; y en general realizar toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular 21º Notaría de Santiago., con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: por escritura publica de fecha 20 Marzo 2026, repertorio Nº 2.356-26, ante mí: RODRIGO ANDRÉ ESPINOZA PONCE, ingeniero, C.I. N° 14.091.310-3, paseo Huérfanos 779, oficina 1007, comuna de Santiago, Constituyó sociedad por acciones RAZÓN SOCIAL: “SOINCO SpA”.- DOMICILIO: Ciudad de Santiago.- DURACIÓN: Indefinida.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Accionista designa como administrador a don Rodrigo André Espinoza Ponce, C.I. N° 14.091.310-3.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la adquisición, enajenación, administración y explotación de acciones, derechos sociales, bonos, instrumentos financieros, valores mobiliarios y toda clase de participaciones en sociedad o empresas, ya sea en Chile o en el extranjero. Además, la sociedad podrá invertir en proyectos inmobiliarios, industriales, comerciales o de servicios; participar en la constitución de nuevas sociedades; otorgar financiamiento a sociedades relacionadas; administrar inversiones propias; y en general realizar toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de su objeto social.- CAPITAL: $15.000.000, dividido 100 acciones nominativas una sola serie sin valor nominal, que se enteran íntegramente en el acto de constitución de contado y en dinero en efectivo.- Demás estipulaciones escritura extractada.