CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KINESIOLOGÍA LORENA WINKLER Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 17639328-9 CVE 2791417
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
28 de marzo de 2026
Notaría
Puerto Varas con asiento en Frutillar
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2026
Repertorio
263/2026
Notario
RODRIGO ANDRES PALOMO TORNVALL
Oficio
5° Notaría de Puerto Varas con asiento en Frutillar
Comuna
Puerto Varas con asiento en Frutillar

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
comuna de Frutillar
Duración
cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de socios manifestare voluntad ponerle término al final del período, que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos en la forma especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, si procediera a los otros socios, todo con una anticipación de, a lo menos un año antes del fin del respectivo período. Sin embargo, los socios conjuntamente podrán, en cualquier tiempo poner término anticipadamente a la sociedad, mediante una declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: uno) la prestación de servicios en el rubro de la salud y de la medicina en general y en las especialidades de traumatología, kinesiología, neurología, fisiatría, osteopatía, masoterapia, quiropraxia, imagenología, ejercicio físico, entre otros; dos) la prestación de servicios médicos y paramédicos en los campos de la medicina en general y en las especialidades de traumatología, kinesiología, neurología, fisiatría, osteopatía, masoterapia, quiropraxia, imagenología, ejercicio físico, entre otros; Todo lo anterior en forma directa o a través de convenios con particulares o con beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, de instituciones de salud previsionales, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; tres) la docencia, capacitación e investigación en las áreas de la medicina en general y en las especialidades de traumatología, kinesiología, neurología, fisiatría, osteopatía, masoterapia, quiropraxia, imagenología, ejercicio físico, entre otros; cuarto) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como centros de salud, clínicas u otros similares, la explotación y percepción de sus frutos, inversión en títulos de crédito, valores mobiliarios, valores de oferta pública y efectos de comercio, así como cuotas en comunidades y derechos en sociedades de personas, acciones y bonos de sociedades anónimas, por acciones y en comandita por acciones, así como la compra y venta de insumos médicos y kinesiológicos; cinco) además cualquiera otra actividad análoga, complementaria o anexa a las señaladas; seis) la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, al arrendamiento compra y venta de bienes raíces y, en general ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con los objetivos anteriormente nombrados; siete) La formación de otras sociedades o empresas existentes o que se formen para cualquiera inversión comprendida dentro de los objetos de la sociedad; ocho) La importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación, arriendo y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, insumos y maquinarias industriales, médicos, insumos médicos y análogos al giro principal, y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, ya sea en tiendas, locales comerciales, almacenes, u otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros. Administración y Uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ANDRES PALOMO TORNVALL, Abogado, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Puerto Varas con asiento en Frutillar, con domicilio en Avenida Arturo Alessandri 187 local F, Frutillar Alto, comuna de Frutillar, certifica: que por escritura pública de fecha 28 de marzo del año 2026, Repertorio N°263/2026 del Registro de Instrumentos Públicos, ante mí, doña LORENA CECILIA WINKLER ORTEGA, chilena, soltera, kinesióloga, cédula nacional de identidad N°17.639.328-9, domiciliada en calle Aníbal Pinto N°197, comuna de Frutillar y doña XIMENA ANDREA WINKLER ORTEGA, chilena, soltera, kinesióloga, cédula nacional de identidad N°17.296.133-9, domiciliada en pasaje N°3, Chorrillos N°4321, Villa las Nieves, comuna de Punta Arenas, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de la que extracto lo siguiente: Razón Social: “KINESIOLOGÍA LORENA WINKLER Y COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo usar nombre de fantasía “KINESIOLOGÍA FRUTILLAR LTDA”. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: uno) la prestación de servicios en el rubro de la salud y de la medicina en general y en las especialidades de traumatología, kinesiología, neurología, fisiatría, osteopatía, masoterapia, quiropraxia, imagenología, ejercicio físico, entre otros; dos) la prestación de servicios médicos y paramédicos en los campos de la medicina en general y en las especialidades de traumatología, kinesiología, neurología, fisiatría, osteopatía, masoterapia, quiropraxia, imagenología, ejercicio físico, entre otros; Todo lo anterior en forma directa o a través de convenios con particulares o con beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, de instituciones de salud previsionales, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; tres) la docencia, capacitación e investigación en las áreas de la medicina en general y en las especialidades de traumatología, kinesiología, neurología, fisiatría, osteopatía, masoterapia, quiropraxia, imagenología, ejercicio físico, entre otros; cuarto) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como centros de salud, clínicas u otros similares, la explotación y percepción de sus frutos, inversión en títulos de crédito, valores mobiliarios, valores de oferta pública y efectos de comercio, así como cuotas en comunidades y derechos en sociedades de personas, acciones y bonos de sociedades anónimas, por acciones y en comandita por acciones, así como la compra y venta de insumos médicos y kinesiológicos; cinco) además cualquiera otra actividad análoga, complementaria o anexa a las señaladas; seis) la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, al arrendamiento compra y venta de bienes raíces y, en general ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con los objetivos anteriormente nombrados; siete) La formación de otras sociedades o empresas existentes o que se formen para cualquiera inversión comprendida dentro de los objetos de la sociedad; ocho) La importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación, arriendo y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, insumos y maquinarias industriales, médicos, insumos médicos y análogos al giro principal, y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, ya sea en tiendas, locales comerciales, almacenes, u otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá única y exclusivamente a doña LORENA CECILIA WINKLER ORTEGA, quien actuando por sí sola deberá anteponer a su firma la razón social, obligará a la sociedad en todos los actos y contratos que celebre por ella. Capital: $2.000.000 aportado de la siguiente forma: La socia Lorena Cecilia Winkler Ortega aporta $1.980.000 que se paga y entera en la forma indicada en la cláusula quinta. La socia Ximena Andrea Winkler Ortega aporta $20.000 que se paga y entera en la forma indicada en la cláusula quinta. Duración: cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de socios manifestare voluntad ponerle término al final del período, que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos en la forma especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, si procediera a los otros socios, todo con una anticipación de, a lo menos un año antes del fin del respectivo período. Sin embargo, los socios conjuntamente podrán, en cualquier tiempo poner término anticipadamente a la sociedad, mediante una declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Domicilio: comuna de Frutillar, sin perjuicio de otras sucursales o agencias en el resto del país o fuera de él. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Frutillar, a 28 de marzo del año 2026.