MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JUAN PEDRO LONZA LIMITADA

RUT 78462750-0 CVE 2791589
Fecha instrumento
24 de febrero de 2026
Notaría
Gloria Iglesias Porcel

Instrumento

Fecha
24 de febrero de 2026
Repertorio
1843
Notario
EDWIN RIFFO GONZALEZ
Domicilio
Iquique
Comuna
Gloria Iglesias Porcel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN RIFFO GONZALEZ, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: doña LAURA ANTONIA LONZA LEYTON; don JUAN PEDRO LONZA JOUSTRA; y doña MARIA DEL ROSARIO LEYTON PALACIOS, todos domiciliados en Pasaje Tres N° 3421, comuna de Iquique, modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada “JUAN PEDRO LONZA LIMITADA”, constituida el 13 de diciembre del año 1993, en Notaria de Gloria Iglesias Porcel, Suplente del Titular de Iquique don Néstor Araya Blazina, inscrita a fs. 905, N° 796, del Registro de Comercio de Iquique del año 1993, y posteriormente modificada mediante Escritura Pública Repertorio N° 1843 del año 2020, ante Notario Público don Edwin Riffo González, Abogado, Notario Público de esta Comuna, Suplente del Titular don Néstor Araya Blazina, modificación inscrita a fs. 323, N° 231, del Registro de Comercio de Iquique del año 2020.- MODIFICACIÓN: Se retira la socia doña LAURA ANTONIA LONZA LEYTON, dueña del 50% de la sociedad, y le cede, vende y transfiere a la nueva socia doña MARIA DEL ROSARIO LEYTON PALACIOS, quien compra acepta y adquiere para sí en la suma de $2.000.000 que la cesionaria paga en el acto. Quedan como únicos socios don JUAN PEDRO LONZA JOUSTRA y doña MARIA DEL ROSARIO LEYTON PALACIOS, cada uno con el 50% de la sociedad y los derechos sociales.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá ambos socios don JUAN PEDRO LONZA JOUSTRA y doña MARIA DEL ROSARIO LEYTON PALACIOS, quienes podrán actuar conjunta, separada o indistintamente como administradores y/o titulares de la representación y uso de la razón social, con amplias facultades de administración señaladas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución.- En todo lo no modificado se mantiene vigente el primitivo pacto social, Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 24 de febrero de 2026.